• La asociación ha denunciado a 23 de
estas empresas de préstamo por incumplir la ley que las
obliga a disponer de numeraciones sin coste para la
atención a los consumidores.
FACUA-Consumidores en Acción ha presentado una batería
de denuncias ante la Dirección General de Consumo del
Ministerio de Alberto Garzón y las autoridades de
protección al consumidor autonómicas tras comprobar que
9 de cada 10 entidades financieras analizadas por la
asociación se saltan la ley que las obliga a tener
teléfonos gratuitos de atención al consumidor en un
sentido amplio.
Así lo pone de manifiesto el estudio realizado por FACUA
sobre las páginas web de 25 empresas prestadoras de
servicios financieros que no tienen la categoría de
banco. De ellas, sólo dos (Cofidis y Credimat) cumplen
con la legislación, facilitando teléfonos gratuitos que
aseguran la atención a los consumidores sean o no
clientes.
De las 23 entidades que vulneran la normativa,
diecisiete no facilitan línea gratuita alguna para la
atención a los consumidores, haciendo uso de otros
teléfonos que suponen un desembolso para el usuario. Se
trata de Twinero, Vivus, Novum Bank (a través de las
marcas Cashper y Fidinda), Welp, Moneyman, Ganp,
Ibercrédito, Mykredit, Movinero, Xfera, Pecunpay, Savso,
Fianceo, Dineo Crédito, Señor Finer, Creditea y
Dispon.es.
En cuanto a las empresas restantes, tres de ellas
(Monedo, Pass Carrefour y Préstamo10) facilitan
numeraciones gratuitas pero las restringen al desarrollo
de determinadas gestiones concretas, incumpliendo así el
deber de facilitar una línea sin coste que garantice la
atención de los usuarios en un sentido amplio.
Otras dos marcas del sector (SoYou y QuéBueno) presentan
teléfonos gratuitos de atención, pero incorporan en sus
webs información, como banners estáticos anunciando
líneas de prefijo geográfico, orientada a generar
confusión a los consumidores con la finalidad de que
contacten a través de numeraciones con coste, por lo que
también han sido denunciadas.
La última de las empresas denunciadas es Younited Credit,
que no dispone en su página web de numeración telefónica
alguna para la atención a los consumidores, lo que
supone una verdadera limitación a que los usuarios
puedan ponerse en contacto con ella para ejercer su
derecho a la información o reclamar con eficacia.
QUÉ DICE LA LEY
Desde el pasado diciembre, el artículo 21 del Real
Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General para
la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias, recoge que "en los supuestos de
servicios de carácter básico de interés general, las
empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en
cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor
gratuito. A estos efectos, tendrán la consideración de
servicios de carácter básico de interés general los de
suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de
seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por
carretera, protección de la salud, saneamiento y
residuos, así como aquellos que legalmente se
determinen".
En cuanto a las empresas que no ofrecen servicios
básicos de interés general, la legislación recoge que
"en caso de que el empresario ponga a disposición de los
consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos
de comunicarse con él en relación con el contrato
celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el
consumidor y usuario un coste superior al coste de una
llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil
estándar". Si utilizara una línea de tarificación
especial que supone un coste para el consumidor, el
empresario debe facilitar "junto con la información
sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y
en igualdad de condiciones, información sobre un número
geográfico o móvil alternativo".
FACUA indica a los consumidores que se vean obligados a
llamar a líneas de alto coste -902, 901, 806, 807...-
que podrán reclamar a las empresas el abono de las
cantidades que tengan que pagar por ello a sus compañías
de telecomunicaciones. Y en los casos en que sea
obligatorio facilitar numeraciones gratuitas, también
puede reclamarse el importe de las llamadas a teléfonos
móviles y fijos con prefijos nacionales o
internacionales.
MÁS DENUNCIAS
Este es el sexto estudio publicado este año por FACUA
sobre el obligado cumplimiento por parte de las
compañías de servicios básicos de interés general de
contar con un teléfono gratuito de atención al
consumidor. En el primer estudio, la asociación concluyó
que 7 de cada 10 aerolíneas se saltan la ley. En el
segundo, que 6 de cada 10 suministradoras de agua
tampoco cumplen con la mencionada normativa. También,
pudo comprobar que la mitad de las grandes empresas de
mensajería analizadas no ofrecen teléfonos gratuitos y
que 9 de cada 10 aseguradoras tampoco lo hacen. Respecto
a los bancos, han sido 13 los denunciados.
FACUA está realizando análisis sobre todos los sectores
de servicios básicos de interés general y ultimando más
denuncias contra las empresas que incumplan las
obligaciones establecidas en la legislación. |
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