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Energía eléctrica
Foto: VD/2021
Fuente: FACUA-Consumidores en Acción
Valencia 11
de junio de 2021

FACUA RECLAMA AL GOBIERNO QUE ARTICULE UN MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

 

• La asociación recuerda que la normativa obliga a desarrollar un procedimiento de resolución de controversias si las eléctricas no están adheridas a las distintas juntas arbitrales de consumo.
• FACUA-Consumidores en Acción se ha dirigido al Ministerio para la Transición Ecológica y al Ministerio de Consumo para reclamarles el desarrollo de un mecanismo de resolución de conflictos unificado al que puedan acudir a los usuarios para resolver sus reclamaciones en el sector eléctrico.

En dos escritos enviados a la ministra Teresa Ribera y al ministro Alberto Garzón, la asociación recuerda que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece los derechos que asisten a los consumidores en relación al suministro de electricidad. Entre ellos, recoge que debe habilitarse un mecanismo único que permita a los usuarios resolver los conflictos que puedan tener con las empresas del sector en caso de que éstas no estén adheridas a las diferentes juntas arbitrales de consumo.

En concreto, su artículo 43.5 indica que "para el supuesto de que no se sometan a las entidades de resolución alternativa de litigios en materia de consumo o que estas no resulten competentes para la resolución del conflicto, los usuarios finales que sean personas físicas podrán someter la controversia al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, cuando tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales".

FACUA señala que, pese a que la normativa es de 2013, ningún Gobierno ha acometido un desarrollo reglamentario de dicho artículo para articular el mecanismo de resolución de conflictos que recoge y que serviría para reforzar la protección de los derechos de los consumidores en caso de reclamaciones contra empresas eléctricas que no estén adheridas a a arbitraje.

Así, la asociación señala que actualmente son las comunidades autónomas, en el marco de sus competencias, quienes vienen desarollando procedimientos para la resolución de dichos conflictos. Sin embargo, esto ha puesto de manifiesto una falta de armonización en su funcionamiento dependiendo del territorio, así como la desatención generalizada de las reclamaciones que interponen los usuarios.

En este sentido, un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de junio de 2019 advirtió de esta situación, informando de que "el número de reclamaciones gestionadas mediante estos medios en el año 2017 (unas 1.579), es muy reducido, comparado con el total de reclamaciones planteadas a las comercializadoras y que no fueron resueltas a favor del consumidor en dicho año (922.000)", circunstancia que sigue produciéndose en la actualidad.

FACUA, por tanto, incide en la necesidad de que el Gobierno desarrolle reglamentariamente el mecanismo previsto en el artículo 43.5 citado anteriormente, para evitar una situación de desprotección y desequilibrio en perjuicio de los usuarios, que siguen sin contar con un procedimiento que se estableció mediante normativa en 2013.

 

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