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Energía eléctrica
Foto: VD/2021
Fuente: FACUA-Consumidores
en Acción
Valencia 11
de junio de 2021 |
FACUA RECLAMA AL GOBIERNO QUE ARTICULE UN MECANISMO DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS PARA EL SECTOR ELÉCTRICO |
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• La asociación recuerda que la normativa
obliga a desarrollar un procedimiento de resolución de
controversias si las eléctricas no están adheridas a las
distintas juntas arbitrales de consumo.
• FACUA-Consumidores en Acción se ha dirigido al
Ministerio para la Transición Ecológica y al Ministerio
de Consumo para reclamarles el desarrollo de un
mecanismo de resolución de conflictos unificado al que
puedan acudir a los usuarios para resolver sus
reclamaciones en el sector eléctrico.
En dos escritos enviados a la ministra Teresa Ribera y
al ministro Alberto Garzón, la asociación recuerda que
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, establece los derechos que asisten a los
consumidores en relación al suministro de electricidad.
Entre ellos, recoge que debe habilitarse un mecanismo
único que permita a los usuarios resolver los conflictos
que puedan tener con las empresas del sector en caso de
que éstas no estén adheridas a las diferentes juntas
arbitrales de consumo.
En concreto, su artículo 43.5 indica que "para el
supuesto de que no se sometan a las entidades de
resolución alternativa de litigios en materia de consumo
o que estas no resulten competentes para la resolución
del conflicto, los usuarios finales que sean personas
físicas podrán someter la controversia al Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, cuando tales controversias
se refieran a sus derechos específicos como usuarios
finales".
FACUA señala que, pese a que la normativa es de 2013,
ningún Gobierno ha acometido un desarrollo reglamentario
de dicho artículo para articular el mecanismo de
resolución de conflictos que recoge y que serviría para
reforzar la protección de los derechos de los
consumidores en caso de reclamaciones contra empresas
eléctricas que no estén adheridas a a arbitraje.
Así, la asociación señala que actualmente son las
comunidades autónomas, en el marco de sus competencias,
quienes vienen desarollando procedimientos para la
resolución de dichos conflictos. Sin embargo, esto ha
puesto de manifiesto una falta de armonización en su
funcionamiento dependiendo del territorio, así como la
desatención generalizada de las reclamaciones que
interponen los usuarios.
En este sentido, un informe de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia de junio de 2019 advirtió
de esta situación, informando de que "el número de
reclamaciones gestionadas mediante estos medios en el
año 2017 (unas 1.579), es muy reducido, comparado con el
total de reclamaciones planteadas a las
comercializadoras y que no fueron resueltas a favor del
consumidor en dicho año (922.000)", circunstancia que
sigue produciéndose en la actualidad.
FACUA, por tanto, incide en la necesidad de que el
Gobierno desarrolle reglamentariamente el mecanismo
previsto en el artículo 43.5 citado anteriormente, para
evitar una situación de desprotección y desequilibrio en
perjuicio de los usuarios, que siguen sin contar con un
procedimiento que se estableció mediante normativa en
2013. |
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