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Fuente: Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)
Valencia 08 de abril de 2020 |
OCU ACONSEJA LLEGAR A ACUERDOS VOLUNTARIOS ENTRE
ARRENDADORES Y ARRENDATARIOS |
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• El Gobierno pone en marcha medidas para
el alquiler de vivienda habitual.
• OCU recomienda llegar a acuerdos voluntarios y
documentarlos por escrito antes de activar otras vías o
recursos.
• La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda
que es necesario un parque de vivienda social.
El estado de alerta ha agudizado la compleja situación
del alquiler previa, y es que el nivel de las rentas de
alquiler en las grandes ciudades era muy elevado y
mantenía a miles de hogares en una situación
problemática de equilibrio inestable. En muchas
ocasiones la renta se paga con el concurso de los
ingresos de varios miembros del hogar, sin que exista un
ahorro para contingencias, y en el momento en el que
falla una de estas fuentes de ingresos el pago de la
renta se vuelve imposible o muy difícil.
En estos momentos, a falta de un parque público de
vivienda social adecuado a las necesidades del país
(repetidamente solicitado por OCU), se adoptan medidas
para que no se produzcan desahucios ni salidas de las
viviendas alquiladas, durante un periodo de tiempo. En
primer término, será el arrendador quien padezca las
consecuencias de la situación (aunque no cobre la renta
no podrá recuperar la posesión de la vivienda aun en
caso de poder necesitarla), aunque si bien se tratan de
articular algunas medidas para que pueda recuperar parte
del importe de sus rentas.
Las medidas son diferentes en función del tipo de
arrendador: unas se prevén para personas físicas que
posean hasta 10 inmuebles urbanos, y otras para los
grandes tenedores y arrendadores personas jurídicas o
institucionales, que son minoría en nuestro país. La
diferencia está en si hay obligación o no de acceder a
condonaciones o moratorias en el pago de las rentas.
PRÉSTAMOS SIN INTERÉS Y MORATORIA DE PAGO
Los arrendatarios vulnerables podrán acceder a préstamos
sin interés para poder pagar las rentas del alquiler de
su vivienda habitual. Está por ver cómo se articula la
tramitación de estos préstamos con las entidades de
crédito, para que las ayudas puedan llegar cuanto antes.
Los inquilinos de grandes tenedores también tendrán
derecho, a falta de pacto, a reclamar -al menos- una
moratoria en el pago. También hay previstas ayudas
directas para el pago retardado de esas rentas y de esos
préstamos, que están aún por desarrollar.
A la espera de poder acceder a las ayudas que en cada
caso procedan, y conscientes de que también existen
pequeños arrendadores en situación de vulnerabilidad,
desde el inicio de esta crisis OCU anima a los
arrendadores a alcanzar acuerdos con los inquilinos
afectados por esta crisis, y a documentarlos por
escrito, mediante intercambio de correos electrónicos o
de otras aplicaciones de mensajería. Y recuerda que las
medidas adoptadas se justifican para aquellos hogares en
situación de vulnerabilidad ocasionada por la crisis del
Covid-19, sin que haya justificación para el impago o el
retraso en el pago para hogares que no estén en esa
situación.
La situación de dificultades de pago en las rentas irá
más allá del periodo de alarma y de los inmediatos meses
posteriores. A corto y medio plazo es esperable un
descenso en los precios del alquiler y de la vivienda,
pero seguirá habiendo un problema de acceso a la
vivienda. Entre las labores de reconstrucción
posteriores a esta crisis, se hace más urgente que nunca
la creación de un parque público suficiente de viviendas
en alquiler.
PRÓRROGA DE LOS ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA HABITUAL
Para los contratos que debieran terminar entre el 2 de
abril de 2020 y el periodo hasta pasados dos meses desde
la terminación del estado de alarma, el arrendatario
tendrá derecho a pedir una prórroga extraordinaria por
un periodo máximo de 6 meses. Las partes pueden llegar a
un acuerdo. Esta prórroga afecta a todos los alquileres
de vivienda habitual, no solo a los afectados por las
situaciones de vulnerabilidad. |
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