• Exigimos asimismo que se inicie, de
inmediato, la negociación colectiva de los planes de
reactivación de la actividad procesal anunciados y,
también, de la implantación de los sistemas de
teletrabajo, materias ambas que afectan directamente a
las condiciones de trabajo del personal funcionario.
La nota de prensa del Ministerio de Justicia emitida
tras la reunión de la Comisión de Coordinación del
pasado viernes pone de manifiesto que el ministro Campo
sigue sin aceptar que los trabajadores y trabajadoras de
Justicia estemos representados en los órganos donde se
toman las decisiones que afectan a nuestra salud laboral
y condiciones de trabajo.
En la nota de prensa, el ministro agradece el esfuerzo
del personal de Justicia en el mantenimiento de los
servicios esenciales y ese reconocimiento es muy
importante.
No obstante, el ministro olvida que su obligación,
incluso en una situación como la que padecemos ahora, es
la de negociar con la representación sindical cualquier
plan de agilización que pretenda poner en marcha
incluyendo la implantación de sistemas de acceso remoto
desde el domicilio para favorecer el teletrabajo
empezando por las iniciativas, o “buenas prácticas” como
las denomina en su nota de prensa, que se están poniendo
en marcha, de forma unilateral y sin tener competencias
para ello, por la Secretaría de Gobierno de la Audiencia
Nacional y por los Tribunales Superiores de Justicia de
Murcia y Madrid.
Una obligación legal de negociar, puesto que el derecho
fundamental de negociación colectiva no se ha suspendido
por el estado de alarma, pero también un instrumento
necesario para conseguir la colaboración de todos, tal y
como él mismo solicita.
POR TODO LO ANTERIOR, LOS SINDICATOS HEMOS REMITIDO
AL MINISTRO DE JUSTICIA JUAN CARLOS CAMPO EL SIGUIENTE
ESCRITO:
“CSIF, STAJ, CCOO, UGT, CIG y ELA, sindicatos
integrantes de la mesa de negociación del Ministerio de
Justicia y representantes de más del 80% de las 55.000
personas que constituyen el personal funcionario no
judicial ni fiscal de la Administración de Justicia, por
medio del presente, solicitamos la convocatoria
inmediata, al amparo del art. 34.6 y DA y el apartado 1.
b) de la D.A. 12ª del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, de la Mesa de
negociación del Ministerio de Justicia para abordar los
siguientes temas:
1.- Integración de estas organizaciones
sindicales en la Comisión de Coordinación de la
situación de crisis creada al amparo de la Orden SND/261/2020,
en la misma situación en que están integrados, además
del Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias
en medios personales y materiales; el Consejo General de
Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el
Consejo General de la Abogacía.
2.- Participación de estas organizaciones
sindicales, desde el primer momento, en el diseño,
planificación e implantación en cualquier plan de
actuación o de agilización que se pretenda poner en
marcha en la Administración de Justicia, empezando en
los planes que ya han sido objeto de anuncio en el BOE y
abordados en las dos últimas reuniones de la Comisión de
seguimiento antes citada, para las jurisdicciones
social, contencioso-administrativa y juzgados de lo
mercantil, dado que dichos planes afectan a las
condiciones de trabajo del personal al que
representamos.
3.- Negociación de la implantación de cualquier
plan de acceso remoto desde el domicilio o sistema de
teletrabajo en lo que concierne a los cuerpos
funcionariales de letrados/as de la Administración de
Justicia, médicos forenses, cuerpos generales de la
Administración de Justicia y cuerpos especiales del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
En este sentido, le recordamos que estos sistemas de
trabajo no pueden ser implantados unilateralmente por la
administración ni pueden ser ordenados por los órganos
de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia ni
otros organismos sin competencias en la determinación de
las condiciones de trabajo del personal funcionario.
4.- Instamos igualmente a ese Ministerio a que dé
traslado inmediato a las organizaciones sindicales del
texto de cualquier proyecto que haya sido elaborado ya
en relación con las anteriores cuestiones, para su
estudio por los representantes del personal.
Los seis sindicatos entendemos que el derecho de
participación, información y consulta a los trabajadores
que es la base de la negociación colectiva se
fundamenta, entre otras razones, en el conocimiento que
tenemos de primera mano sobre la realidad de la
Administración de Justicia”. |
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