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Fuente: Generalitat Valenciana
Valencia 31 de marzo de 2020 |
IGUALDAD ELABORA UN PROTOCOLO PARA GARANTIZAR LA
SEGURIDAD DE LAS PERSONAS QUE QUIERAN DEJAR LAS
RESIDENCIAS DE MAYORES Y DIVERSIDAD FUNCIONAL |
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• Se garantiza en todo caso la seguridad,
la salud pública y la no vulneración de derechos.
• Para los centros con casos de COVID-19 será necesaria
la autorización de la autoridad sanitaria.
La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas
Inclusivas ha elaborado un protocolo de actuación que
permite la baja voluntaria de personas mayores en
situación de dependencia y personas con diversidad
funcional que deseen dejar los centros residenciales o
viviendas tutelares, siempre que se garantice su
bienestar.
El objetivo de esta iniciativa de la Conselleria de
Igualdad, consensuado con la Conselleria de Sanidad, es
facilitar el trabajo de los centros y dar tranquilidad a
las familias, garantizando en todo momento la seguridad,
la salud pública, el bienestar de la persona y la no
vulneración de derechos.
El protocolo tiene en cuenta varias situaciones; que la
solicitud afecte a una persona con plena capacidad de
obrar o que no, y que se solicite en un centro libre de
contagios de coronavirus o que no.
De esta manera, la solicitud de baja la puede realizar
la persona residente si tiene plena capacidad de obrar y
suficiente juicio para autodeterminarse, familiares o
tutores legales, y el traslado podrá ser a la propia
vivienda del residente, a la del familiar que lo
solicita o a la residencia de otro miembro de la
familia.
En todo caso, la persona de la familia que vaya a ser la
cuidadora deberá comprometerse de manera fehaciente al
cuidado de la persona mayor dependiente o con diversidad
funcional y firmar una declaración responsable sobre la
idoneidad de la vivienda a la que se le vaya a
trasladar.
Asimismo, se establece que la dirección del centro
proporcionará a la persona residente elementos de
protección para su salida del centro, asegurándose que
la persona familiar que haya firmado el compromiso de
cuidados recibe y se hace cargo de la persona mayor
dependiente o con diversidad funcional.
La dirección del centro se encargará también de
proporcionar un certificado para que se pueda justificar
durante el estado de alarma el traslado de la persona
residente del centro a su vivienda propia o vivienda de
la persona familiar cuidadora.
PRESTACIONES RECONOCIDAS
Respecto a las prestaciones reconocidas, la persona
residente que tenga un grado de dependencia y/o derecho
a la prestación profesional residencial podrá elegir la
suspensión temporal de la prestación del servicio
residencial, en cuyo caso mantendrá el derecho a ocupar
y retornar a esa misma plaza residencial una vez
finalizado el estado de alarma provocado por la pandemia
de COVID-19, debiendo cumplir con las obligaciones
administrativas y de abono de tasas correspondientes.
Si la persona tiene reconocida una prestación vinculada
al servicio o una prestación vinculada al servicio de
garantía se le seguirá abonando siempre y cuando
satisfaga efectivamente el pago al centro.
Si, por el contrario, elige la baja de la prestación del
servicio residencial se entenderá que existe una
renuncia a la prestación determinada en el PIA o
resolución reconocida en su día. En este caso y una vez
finalizado el estado de alarma, podrá volver a solicitar
el recurso para la atención a personas en situación de
dependencia que considere, sin que el grado de
dependencia reconocido previamente se vea afectado por
esta decisión.
Este protocolo se aplicará en las residencias o
viviendas tuteladas que no tengan personas que han dado
positivo en la prueba de COVID-19 o tengan síntomas
compatibles con el coronavirus entre sus residentes o
profesionales. En el caso de centros que sí tengan
personas contagiadas o con síntomas compatibles se
aplicará el mismo protocolo salvo que deberán recabarse
las autorizaciones establecidas por la Conselleria de
Sanidad Universal y Salud Pública. |
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