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Fuente: Comisiones Obreras (CCOO)
Valencia 24
de marzo de 2020

CCOO SOLICITA PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN Y TOMA DE DECISIONES DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA REDUCIR AL MÁXIMO LA POSIBILIDAD DE CONTAGIOS POR CORONAVIRUS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 

• Le hemos hecho llegar esta petición al Ministerio de Justicia porque las medidas preventivas acordadas ayer son insuficientes y eliminan la participación de la representación de los trabajadores y trabajadoras prevista en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

Los Comités de Seguridad y Salud son órganos paritarios regulados en la LPRL formados a partes iguales por personal designado por la empresa (la Administración de Justicia en este caso) y por la representación del personal. Sus competencias vienen fijadas en la LPRL y han sido obviadas hasta ahora por el Ministerio de Justicia, que tiene encomendada por el Gobierno la adopción de las medidas necesarias para todo el personal de Justicia, esté o no transferida su gestión a las comunidades autónomas.

Las medidas acordadas ayer por el Ministerio de Justicia no fijan de forma precisa las actuaciones a seguir en casos de contagios, sintomatología grave o carencia de medios de protección en los centros de trabajo de la Administración de Justicia.

Para paliar esta deficiencia normativa y evitar al máximo el riesgo de contagios, el Sector de la Administración de Justicia de FSC-CCOO ha propuesto al ministro Juan Carlos Campo el siguiente;

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN:

- Los Comités de Seguridad y Salud deben quedar constituidos de forma permanente sin que haya necesidad de convocar reuniones para cada caso.
- Se incorporarán a las reuniones los delegados de prevención de jueces y fiscales si los hubiere.
- Recibida la incidencia (contagio, sintomatología grave o falta de medios de protección) por la administración o los representantes de las y los trabajadores se activará de inmediato el Comité de Seguridad y Salud.
- Evaluará los riesgos del caso concreto y adoptará las medidas para minimizar dichos riesgos.

EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PODRÁ ACORDAR ENTRE OTRAS MEDIDAS:

- La paralización de la actividad durante el tiempo necesario para que se doten las medidas preventivas.
- El traslado provisional a otras estancias que cumplan las medidas preventivas hasta que se repongan los medios de protección.
- La práctica por videoconferencia de las actuaciones judiciales.
- La paralización de la actividad cuando estime que el riesgo sea extremo y proponer a la Administración medidas alternativas como la suplencia del personal contagiado o con sintomatologías graves o que haya estado en contacto estrecho con personas contagiadas o sintomatologías graves o el traslado del lugar de trabajo a otras dependencias donde estén implementadas todas las medidas preventivas.

El sindicato recuerda que también ha sido desoída por el Ministerio de Justicia su propuesta de que el personal solo acuda a los centros de trabajo para la realización de actuaciones judiciales concretas incardinadas en los servicios esenciales fijados por CGPJ y no caprichosamente esperando que acontezcan (o no) estas actuaciones judiciales.

CCOO asegura que la aplicación de estas medidas evitaría un gran número de contagios en la Administración de Justicia (donde la incidencia está siendo muy elevada porque el trabajo se realiza en contacto directo con la ciudadanía). Se evitaría además, en gran medida, la posible transmisión desde el personal contagiado a sus familias y al resto de la ciudadanía. Y todo ello, sin menoscabar la necesaria prestación de este servicio público esencial durante la crisis sanitaria garantizando así la protección de los derechos fundamentales y de la tutela judicial efectiva, aspectos con los que tanto el sindicato como los trabajadores y las trabajadoras del sector están firmemente comprometidos.

 

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