• Hoy se ha publicado la orden
ministerial que amplía, en todo el territorio nacional,
hasta el 15 de mayo, la fecha límite para la
presentación de la solicitud única de ayudas de la PAC
2020.
• El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
asegura que esta orden da mayor tranquilidad a los
beneficiarios de la PAC, a la espera de que la CE
desarrolle, a petición de España y otros países, el
reglamento comunitario para ampliarlo hasta el 15 de
junio.
• Todas las autonomías están potenciando los mecanismos
de presentación telemática de la PAC para facilitar a
agricultores y ganaderos la presentación de dicha
solicitud sin necesidad de realizar desplazamientos.
• Con todas estas medidas ningún agricultor tendrá
problemas en la presentación de su solicitud única de la
PAC del año 2020.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy, sábado,
una orden firmada por el ministro de Agricultura, Pesca
y Alimentación, Luis Planas, por la que se amplía en
toda España, hasta el 15 de mayo, el plazo de
presentación de la solicitud única de los pagos directos
a la agricultura y ganadería para el año 2020.
Este plazo se inició el 1 de febrero y su finalización
estaba prevista para el próximo 30 de abril. Sin
embargo, con la publicación del Real Decreto por el que
se ha declarado el Estado de Alarma para la gestión de
la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
las restricciones al movimiento de las personas
dificultan el proceso de presentación de la solicitud
única.
Para facilitar a agricultores y ganaderos la
presentación de su solicitud única de la PAC en la
actual circunstancia, el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación ha decidido alargar quince días el
periodo de presentación. Según el ministro de
Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, se trata
de una medida que “dará mayor tranquilidad a los
beneficiarios de la PAC”, a la espera de que la Comisión
Europea desarrolle, a petición de España y otros países,
el reglamento comunitario que lo prorrogará hasta el 15
de junio.
Una vez se publique este reglamento, en España se
tomaran las medidas necesarias para prorrogar el plazo
hasta dicha fecha en función de la evolución del estado
de alarma.
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), junto a las
autonomías, impulsa los procesos de presentación
telemática de la solicitud única y promueve alternativas
para aprovechar los mecanismos tecnológicos para que su
presentación y gestión se realice con normalidad, a
pesar de la restricción en los desplazamientos.
La presentación telemática de la solicitud la puede
realizar o directamente el beneficiario o a través de
entidades colaboradoras. Las autoridades competentes de
las autonomías proporcionarán las instrucciones
necesarias. Mediante citas telefónicas o cualquier otra
vía de comunicación fijada por cada CCAA, los
beneficiarios contarán con asistencia de organizaciones
agrarias, entidades financieras, oficinas comarcales,
etc. para realizar el trámite en plazo.
Se tomarán las medidas necesarias para que este proceso
de captura telemática sea lo más ágil posible, si bien
existen alternativas para realizar una modificación
posterior. En caso de no poder cumplimentar todos los
datos requeridos, podrán completarse o corregirse con
posterioridad. Así, se garantizará que las solicitudes
cuentan con toda la información necesaria para que los
procesos de gestión y pago se desarrollen con total
normalidad.
Con todos estos mecanismos, el Gobierno busca que todos
los agricultores y ganaderos de España puedan presentar
su solicitud única de ayudas de la PAC 2020 sin
problemas y que empiece el proceso para que el futuro
cobro de estas ayudas se produzca en los plazos
habituales. |
• © valenciadiario.com
© valenciadiario.es - 2015-2020 (Todos los derechos
reservados).
• Queda terminantemente prohibida la reproducción total
o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta
Web, salvo autorización expresa de valenciadiario.com, o
de valenciadiario.es.
• Queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo
32,1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad
Intelectual.
• Queda prohibida la distribución, puesta a disposición,
comunicación pública y utilización, total o parcial, de los
contenidos de esta Web, en cualquier forma o modalidad, sin previa,
expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera
reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o
revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente
lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa. |