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Pepsicola
Foto: Pixabay/2019
Fuente: Comisiones Obreras (CCOO)
Valencia
04 de noviembre de 2019 |
FIRMADO UN PREACUERDO CON PEPSICO Y REFRESCO IBERIA QUE
MEJORA CONSIDERÁBLEMENTE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN |
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• El preacuerdo firmado en la sede del
SIMA, resulta muy beneficioso para las personas
trabajadoras afectadas por la sucesión entre Pepsico y
Refresco Iberia en las plantas de Sevilla y Tafalla.
• Tras ser informados el pasado 16 de octubre sobre la
sucesión de estas empresas, se le solicitó a las mismas
que abrieran una mesa de diálogo para tratar las
condiciones de subrogación de las personas trabajadoras.
Durante el tiempo que se mantuvo abierta dicha mesa,
ambas empresas se mostraron bastante cerradas a negociar
cualquier tipo de mejora de las condiciones, apelando en
todo momento a lo recogido en el artículo 44 del ET.
• Ante esta situación, interpusimos una solicitud de
mediación en el SIMA, previa a un calendario de
movilizaciones aprobado en asamblea.
* Durante una densa y larga mediación, se consiguió
mejorar de forma notable las condiciones de las personas
trabajadoras afectadas en los siguientes términos:
- Refresco Iberia se subroga con fecha 1 de noviembre de
2017, en el convenio y en la posición negociadora del
nuevo convenio colectivo aplicable al centro de La
Rinconada [Sevilla] que hasta dicha fecha ostentaba
Pepsico, en los términos establecidos en el artículo 1
del convenio colectivo.
- Así mismo, la subrogación también afectará en la
posición de Pepsico en el convenio colectivo de Tafalla
en los mismos términos.
- Se acordó un Programa de Rejuvenecimiento de Plantilla
para el personal próximo a la edad ordinaria de
jubilación que beneficiará a un total de 8 personas.
- En caso de procesos de extinciones de contrato por
causas objetivas, modificaciones sustanciales de las
condiciones de trabajo o movilidad geográfica, se
garantiza:
En el caso de que las personas trabajadoras actualmente
empleadas en las fábricas de Sevilla y Tafalla, fueran
objeto de un proceso de extinción de su contrato de
trabajo amparado en las causas del artículo 51 ET, se
acuerda que la indemnización que percibieran sería la
establecida en el artículo 50.1 del Estatuto de los
Trabajadores, que en la actualidad corresponde a 45 días
de salario por año de servicio con el límite de 42
mensualidades hasta el 12 de febrero de 2012, y desde
esa fecha 33 días de salario por año de servicio con el
límite de 24 mensualidades, en ambos casos con los topes
legalmente establecidos.
REFRESCO IBERIA Y PEPSICO HAN RECOGIDO EN LA MISMA
ACTA LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:
• EI proyecto entre Refresco Iberia y Pepsico, está
garantizado en un contrato de fabricación suscrito por
las partes y que les vincula durante los próximos diez
10 años.
• En Sevilla, se han comprometido aproximadamente
640.000 euros con ejecución durante 2020, para el
lanzamiento por parte de Pepsico de nuevos formatos de
PET (reciclables) y latas.
• En Tafalla, se han comprometido respectivamente
inversiones inmediatas por 300.000 euros para un
depósito de aguas residuales y 110.000 para los drenajes
del inmueble.
Ante este escenario de mejora de las condiciones de
subrogación, desde CCOO de Industria nos mostramos muy
satisfechos por el acuerdo alcanzado entre las partes,
que aporta estabilidad, mantenimiento de las condiciones
económicas y sociales, así como un plan de inversiones
para las distintas plantas, que redundará sin duda
alguna de forma muy positiva en las personas
trabajadoras afectadas.
* Este preacuerdo será sometido para su aprobación por
las trabajadoras y trabajadores, en una asamblea que se
celebrará el próximo 5 de noviembre. |
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