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Pepsicola
Foto: Pixabay/2019
Fuente: Comisiones Obreras (CCOO)
Valencia
04 de noviembre de 2019

FIRMADO UN PREACUERDO CON PEPSICO Y REFRESCO IBERIA QUE MEJORA CONSIDERÁBLEMENTE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN

 

• El preacuerdo firmado en la sede del SIMA, resulta muy beneficioso para las personas trabajadoras afectadas por la sucesión entre Pepsico y Refresco Iberia en las plantas de Sevilla y Tafalla.
• Tras ser informados el pasado 16 de octubre sobre la sucesión de estas empresas, se le solicitó a las mismas que abrieran una mesa de diálogo para tratar las condiciones de subrogación de las personas trabajadoras. Durante el tiempo que se mantuvo abierta dicha mesa, ambas empresas se mostraron bastante cerradas a negociar cualquier tipo de mejora de las condiciones, apelando en todo momento a lo recogido en el artículo 44 del ET.
• Ante esta situación, interpusimos una solicitud de mediación en el SIMA, previa a un calendario de movilizaciones aprobado en asamblea.

* Durante una densa y larga mediación, se consiguió mejorar de forma notable las condiciones de las personas trabajadoras afectadas en los siguientes términos:

- Refresco Iberia se subroga con fecha 1 de noviembre de 2017, en el convenio y en la posición negociadora del nuevo convenio colectivo aplicable al centro de La Rinconada [Sevilla] que hasta dicha fecha ostentaba Pepsico, en los términos establecidos en el artículo 1 del convenio colectivo.
- Así mismo, la subrogación también afectará en la posición de Pepsico en el convenio colectivo de Tafalla en los mismos términos.
- Se acordó un Programa de Rejuvenecimiento de Plantilla para el personal próximo a la edad ordinaria de jubilación que beneficiará a un total de 8 personas.
- En caso de procesos de extinciones de contrato por causas objetivas, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o movilidad geográfica, se garantiza:

En el caso de que las personas trabajadoras actualmente empleadas en las fábricas de Sevilla y Tafalla, fueran objeto de un proceso de extinción de su contrato de trabajo amparado en las causas del artículo 51 ET, se acuerda que la indemnización que percibieran sería la establecida en el artículo 50.1 del Estatuto de los Trabajadores, que en la actualidad corresponde a 45 días de salario por año de servicio con el límite de 42 mensualidades hasta el 12 de febrero de 2012, y desde esa fecha 33 días de salario por año de servicio con el límite de 24 mensualidades, en ambos casos con los topes legalmente establecidos.

REFRESCO IBERIA Y PEPSICO HAN RECOGIDO EN LA MISMA ACTA LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:

• EI proyecto entre Refresco Iberia y Pepsico, está garantizado en un contrato de fabricación suscrito por las partes y que les vincula durante los próximos diez 10 años.
• En Sevilla, se han comprometido aproximadamente 640.000 euros con ejecución durante 2020, para el lanzamiento por parte de Pepsico de nuevos formatos de PET (reciclables) y latas.
• En Tafalla, se han comprometido respectivamente inversiones inmediatas por 300.000 euros para un depósito de aguas residuales y 110.000 para los drenajes del inmueble.

Ante este escenario de mejora de las condiciones de subrogación, desde CCOO de Industria nos mostramos muy satisfechos por el acuerdo alcanzado entre las partes, que aporta estabilidad, mantenimiento de las condiciones económicas y sociales, así como un plan de inversiones para las distintas plantas, que redundará sin duda alguna de forma muy positiva en las personas trabajadoras afectadas.

* Este preacuerdo será sometido para su aprobación por las trabajadoras y trabajadores, en una asamblea que se celebrará el próximo 5 de noviembre.

 

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