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Diéselgate
Imagen: OCU/2018
Fuente: Organización de Consumidores y
Usuarios (OCU)
Valencia 10 de octubre de 2019 |
CASO VOLKSWAGEN: EL JUEZ FIJA LA FECHA DEL JUICIO POR LA
DEMANDA DE OCU |
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• La empresa ha ratificado ante el juez
su negativa a llegar a un acuerdo que pusiera fin al
procedimiento judicial.
• El juez no ha admitido las objeciones de Volkswagen y
ha señalado la fecha del próximo 17 de febrero de 2020
para celebrar la vista oral del juicio.
• La vía civil es la única posibilidad abierta en España
para que los consumidores afectados puedan recibir una
justa compensación por el escándalo de las emisiones.
Se ha celebrado, en el juzgado de lo Mercantil nº 1 de
Madrid, la audiencia previa de la demanda colectiva que
OCU presentó en defensa de más de 7.500 consumidores
afectados.
La acción judicial se inició en junio de 2017 tras un
intento fallido de conciliación, que obligó a la
asociación a acudir a los tribunales. En dicha demanda
la organización exige más de 22 millones de euros en
indemnizaciones en concepto de daños y perjuicios,
alrededor de 3.000 euros por persona afectada.
Dos años después de que OCU presentara su demanda
colectiva y tras varios incidentes procesales, ambas
partes han acudido ante el juez en la audiencia previa
del procedimiento. En la misma ha quedado de manifiesto
una vez más la negativa por parte de Volkswagen a llegar
a un acuerdo que pusiera fin al proceso, por ello y tras
resolver una serie de cuestiones previas y admitir una
serie de pruebas, el juez ha señalado la fecha del
próximo 17 de febrero de 2020 para la celebración de la
vista oral.
OCU quiere denunciar el diferente tratamiento que ha
empleado Volkswagen con los afectados. Mientras
indemniza a los consumidores americanos, o llega a
acuerdos en Australia, mantiene una actitud muy
diferente en Europa, donde obliga a miles de
consumidores a acudir a los tribunales. Una actitud que
se ha visto favorecida por la inmovilidad absoluta de
las diferentes administraciones en España, que no han
sancionado a la empresa a pesar de que esta ha
reconocido de forma abierta la manipulación de las
emisiones y el engaño a millones de consumidores.
La Organización señala que en otros países europeos ya
ha habido sentencias favorables a los consumidores en
demandas de la misma naturaleza de las presentadas por
OCU, Si bien recuerda que los consumidores españoles
deberán, en caso de tener un resultado positivo, iniciar
un procedimiento en España para conseguir una justa
indemnización por el engaño sufrido.
OCU recuerda que, en la actualidad, la única vía abierta
en España para reclamar una indemnización es la vía
civil, puesto que las acciones penales han sido
trasladadas a Alemania, y en las mismas no cabe la
posibilidad de solicitar indemnizaciones. En este
sentido confía en que finalmente la justicia reconocerá
los derechos de los más de 7.500 consumidores, aunque
lamenta el plazo excesivo en la resolución del
procedimiento y cree necesaria una reforma de la ley que
agilice las acciones colectivas en los casos de fraudes
masivos. |
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