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Caza
Foto: WWF/2023
Fuente:
Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF
(comunicado
conjunto)
Valencia 29 de noviembre de 2023 |
Caza en zonas protegidas (Parque
Nacional de Monfragüe) |
LAS
ORGANIZACIONES AMBIENTALES RECURREN LA RESOLUCIÓN QUE
PERMITE CAZAR EN EL PARQUE NACIONAL DE MONFRAGÜE |
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• Las organizaciones ambientales
Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF han recurrido
la resolución de 11 de octubre de 2023 de la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Extremadura por la que se aprueba el “Programa
de acción selectiva de ungulados en el Parque Nacional
de Monfragüe 2023-2024”.
• Dicho programa, como han proclamado públicamente los
responsables de la Junta de Extremadura incluida su
presidenta, supondrá el regreso de la caza al Parque
Nacional, actividad que resulta absolutamente contraria
a lo establecido en la Ley de Parques Nacionales.
Las declaraciones de los responsables de la Junta se han
trasladado a una resolución que contraviene la
legislación y por dicho motivo ha sido recurrida tanto
ante la consejería, mediante un recurso de reposición,
como ante los tribunales de justicia, interponiendo un
recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de
Extremadura.
Ambos recursos, ante el incumplimiento de la normativa
que supone el programa aprobado, como ante los impactos
negativos que supone la caza en un parque nacional, van
acompañados de una petición de medidas cautelares
urgentes que paralicen las batidas que se están
practicando ya por cazadores deportivos en las fincas de
titularidad de la Junta de Extremadura.
Hay dos argumentos básicos en los recursos presentados.
Por un lado, que tanto en el fondo como en la forma, las
batidas autorizadas consisten en una actividad
cinegética, llevada a cabo, además, tal como establece
el programa de control aprobado, con la colaboración de
la Federación Extremeña de Caza y de las Sociedades
Locales de Cazadores (entidades de carácter privado y
deportivo). Esto supone un flagrante incumplimiento del
artículo 6 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de
Parques Nacionales que considera expresamente
incompatibles “la pesca deportiva y recreativa y la caza
deportiva y comercial” dentro de los mismos. Al igual
que lo hace en lógica correlación el artículo 3.3 c) de
la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque
Nacional de Monfragüe.
Por otra parte, el recurso también se fundamenta en los
impactos negativos que las batidas pueden generar en las
especies protegidas dentro de nada menos que de un
Parque Nacional. En este sentido el recurso se ha hecho
eco de las conclusiones de los estudios que dieron lugar
a la aprobación del Plan de Acción Selectiva de
Ungulados 2021-2026 en el que se basa el programa anual
aprobado, y que ponen el énfasis en el hecho de que las
batidas son el método de control de fauna silvestre con
mayor impacto en el Parque Nacional, suponiendo un
riesgo de afección a especies protegidas, resultado de
lo cual habían sido descartadas hasta la fecha.
Entre los impactos que puede generar la caza mediante
batidas en el Parque Nacional está la modificación de
los patrones de movimiento de la fauna; cambios en la
selección de hábitat y su comportamiento de
alimentación, induciendo estrés fisiológico; afección
directa a la reproducción de especies como el águila
perdicera o la contaminación por plomo que supone el uso
de munición con este metal pesado.
Para Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF resulta
especialmente grave y preocupante que una administración
pública actúe sin tener en consideración la normativa de
los parques nacionales. No se puede poner por delante
del interés general de la protección del medio ambiente
y de los espacios protegidos, los intereses políticos y
sectoriales. Asimismo rechazamos que se quiera imponer
la caza incluso en el exiguo 0,4 % de superficie de
territorio extremeño que está declarado Parque Nacional. |
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