• La organización ve razonable formular
un recurso de amparo ante el Constitucional al entender
que el Supremo plantea una visión muy restrictiva de la
protección del litoral.
• Tacha de indignante que el resultado sea
privilegiar una concesión pre-constitucional gracias a
la reforma ad hoc de la Ley de Costas que hicieron Arias
Cañete y Mariano Rajoy en 2013.
• Para la ONG la Justicia debe poner a las
personas y al planeta primero, más aún en un caso en el
que se han rebasado todas las líneas rojas de la ética y
decencia político-empresarial.
La organización ecologista Greenpeace ve razonable
plantear la formulación de un recurso de amparo ante el
Tribunal Constitucional para seguir dando la batalla
judicial y liberar el Dominio Público Marítimo Terrestre
(DPMT) de Lourizán, en la ría de Pontevedra, Galicia, de
la presencia de la pastera Ence, que lleva ahí desde
1958. Los servicios jurídicos de la organización
entienden que el Tribunal Supremo plantea en la
Sentencia una visión muy restrictiva de la protección
del DPMT que le lleva a permitir concesiones centenarias
con ocupación industrial del mismo.
En su análisis de la Sentencia del Supremo, Greenpeace
considera que el alto Tribunal no protege la esencia del
dominio público marítimo terrestre y la excepcionalidad
de su ocupación, lo que le lleva a concluir, de forma
errónea en opinión de la organización ecologista, la
inaplicabilidad del artículo 32.1 de la Ley de Costas,
según el cual “únicamente se podrá permitir la ocupación
del dominio público marítimo-terrestre para aquellas
actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no
puedan tener otra ubicación”, cuestión que la industria
pastera incumple.
Entre otras cuestiones, la organización ecologista
alerta de que el Tribunal Supremo no está aplicando esa
excepcionalidad de ocupación y desvincula la defensa del
litoral y la protección ambiental, justificando su
decisión exclusivamente en un informe ambiental de la
Xunta de Galicia. Esto supone, a juicio de los servicios
jurídicos de Greenpeace, una interpretación
absolutamente restrictiva e incompleta, por cuanto la
defensa del litoral va mucho más allá de un informe
ambiental. También debe tener en cuenta los efectos de
la propia ocupación física, la evidente destrucción de
hábitats, la incompatibilidad con usos sostenibles del
litoral y que “va a acabar produciendo un sistema
transitorio de un siglo de duración, con el impacto
potencialmente irreversible sobre estos ecosistemas tan
delicados”, como recuerda el voto particular de la
Magistrada Huet de Sande. En este sentido llama la
atención que la sentencia omita en todo momento el
artículo 132 de la Constitución española, que sustenta
todo el régimen excepcional del DPMT y el que fundamenta
la ocupación excepcional del mismo.
“Resulta anacrónico e indignante que una concesión pre-constitucional,
establecida durante el franquismo, sea privilegiada de
esta manera gracias a un traje a medida confeccionado
por el ex-ministro Arias Cañete y su vergonzosa reforma
de la Ley de Costas en 2013. Creemos que la
interpretación del Tribunal Supremo no es acorde con la
esencia de la protección del litoral, por lo que vamos a
seguir luchando por la ría de Pontevedra. La Justicia
con mayúsculas tiene que poner a las personas y al
Planeta primero, y más en un momento de emergencia
climática y crisis de biodiversidad”, ha indicado Eva
Saldaña, directora ejecutiva de Greenpeace España.
Por último, la organización ecologista ha recalcado que
no deja de resultar una triste ironía que la Sentencia
del Tribunal Supremo en aras de la motivación ambiental
entienda que es admisible que una papelera ocupe una ría
durante más de 100 años y que por el contrario
desconozca los criterios de protección del litoral que
consagra la Constitución española.
“Todo lo que rodea el caso Ence ha olido siempre muy
mal. Desde su privatización se han rebasado muchas
líneas rojas, con cambios de normativas ad hoc,
indignantes puertas giratorias protagonizadas por los
más altos cargos de Medio Ambiente y Costas, informes
ambientales muy discutibles, un incesante greenwashing e
incluso el olvido de condenas por delito ecológico
continuado. No podemos conformarnos con esta sentencia
del Supremo”, ha concluido Manoel Santos,
coordinador de Greenpeace en Galicia. |
• © valenciadiario.com
© valenciadiario.es © valenciadiario.eu - 2015-2023 (Todos los derechos
reservados).
• Queda terminantemente prohibida la reproducción total
o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta
Web, salvo autorización expresa de valenciadiario.com, o
de valenciadiario.es.
• Queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo
32,1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad
Intelectual.
• Queda prohibida la distribución, puesta a disposición,
comunicación pública y utilización, total o parcial, de los
contenidos de esta Web, en cualquier forma o modalidad, sin previa,
expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera
reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o
revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente
lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa. |