• Tras las sentencias de Castilla y León,
Cataluña y Navarra, la nueva resolución confirma la
negligencia de las doce comunidades autónomas donde se
incumplen desde 2012 los objetivos de calidad del aire
establecidos para este contaminante.
• Ecologistas en Acción reclama al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico que elabore y
apruebe el Plan Nacional de Ozono comprometido por
Teresa Ribera en septiembre de 2020, del que solo se
conocen algunos estudios científicos previos.
Por sentencia de 24 de enero de 2023, la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana “condena a la
Generalidad Valenciana a elaborar y aprobar sin
dilaciones los planes para las zonas y aglomeraciones
afectadas por superaciones de los valores objetivo para
el ozono”, fijando un plazo de ocho meses para que el
Gobierno autonómico redacte el borrador de dichos planes
e inicie su tramitación.
Las zonas donde la Generalitat Valenciana viene obligada
a elaborar los planes para reducir el ozono son quince
de las dieciocho en que se divide la Comunidad a los
efectos de evaluar la calidad del aire: Cérvol – Els
Ports (áreas costera e interior), Mijares – Penyagolosa
(áreas costera e interior), Palància – Javalambre (áreas
costera e interior), Turia (áreas costera e interior),
Júcar – Cabriel (área interior), Bética – Serpis (áreas
costera e interior), Segura – Vinalopó (áreas costera e
interior), Alacant y Elx.
La sentencia constata que “la Administración autonómica
parece querer escudarse en el incumplimiento por parte
del Estado de su obligación de elaboración de un Plan
referido al ozono”, estimando que la comunidad autónoma
“puede llevar a cabo una actuación independiente si bien
más limitada que en el supuesto de tener el Estado un
plan global”, tal y como concluye al respecto el
Tribunal Supremo en su sentencia de julio de 2020.
Estimando el recurso contencioso-administrativo
promovido por Ecologistes en Acció del País Valencià, el
pronunciamiento del Tribunal Valenciano da continuidad a
otros similares en Castilla y León (2018), Navarra
(2021) y Cataluña (2022), confirmados por el Tribunal
Supremo (2020), que ponen de manifiesto la negligencia
sistemática de las comunidades autónomas a la hora de
cumplir sus obligaciones para mejorar la calidad del
aire y proteger la salud pública y el medio ambiente, en
relación al contaminante ozono troposférico.
Y es que en Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-La
Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana,
Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco se
vienen superando desde 2012 los objetivos legales
establecidos para proteger la salud y el vegetación
respecto a este contaminante, sumando una población
afectada de 30 millones de personas sobre una superficie
de 380.000 kilómetros cuadrados, sin que los gobiernos
de estas doce comunidades hayan elaborado planes
eficaces para corregir esta situación.
Hay que recordar que el ozono ocasiona en España entre
1.500 y 1.800 muertes prematuras cada año, 500 de ellas
en episodios de alta contaminación como los registrados
habitualmente en verano en el centro y sur de la
Península y en Baleares, según la Agencia Europea de
Medio Ambiente y el Instituto de Salud Carlos III. El
coste económico de la atención sanitaria y las bajas
laborales asociadas a la contaminación por ozono alcanza
en España 5.000 millones de euros cada año, según el
Banco Mundial.
Los dos únicos planes autonómicos de ozono aprobados
hasta la fecha, en Castilla y León y Extremadura,
carecen de valor normativo y omiten el contenido mínimo
legal, limitándose a un catálogo de medidas generales
sin diagnóstico, objetivos cuantificados ni detalle
territorial y técnico para cumplir su finalidad. Por lo
que constituyen documentos vacuos cuya única pretensión
es aparentar el cumplimiento de la norma. Al respecto,
la sentencia de Cataluña de 2022 deja claro que los
planes deben ser eficaces para reducir el ozono.
Por su lado, el Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico lleva demorando desde 2015 la
elaboración del Plan Nacional de Ozono, anunciado la
última vez por la Ministra Teresa Ribera en septiembre
de 2020, tras la sentencia del Tribunal Supremo de dos
meses antes. Transcurridos más de dos años, del
comprometido Plan Nacional de Ozono no se conocen hasta
la fecha más que algunos estudios científicos previos,
que ni siquiera se han publicado en la página Web del
Ministerio.
Por todo ello, Ecologistas en Acción reclama al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Generalitat Valenciana y a los once
restantes Gobiernos autonómicos que incumplen la
normativa de calidad del aire en relación al ozono, que
aborden sin más demora la elaboración de planes eficaces
para luchar contra este gas tóxico, y pide a la Comisión
Europea que extreme la exigencia de dichos planes y de
su aplicación en la revisión de la Directiva de Calidad
del Aire que finalizará durante la Presidencia española
de 2023.
El ozono troposférico, también conocido como ozono
“malo” por contraposición al de la estratosfera, es un
contaminante secundario producido por la reacción entre
el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por
el transporte y algunas industrias, en presencia de
radiación solar. Por inhalación, provoca irritación de
los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de
la función pulmonar, un incremento del riesgo de
enfermedades respiratorias agudas (asma, EPOC) y el
agravamiento de patologías cardiovasculares, con
resultado de hospitalización o muerte. El ozono, además
de para las personas, es tóxico para la vegetación,
dañando los bosques y reduciendo la productividad de los
cultivos. |
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