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Contaminación del aire
Foto: Pixabay/2023
Fuente: Ecologistes en Acció del País Valencià
Valencia 31
de enero de 2023

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA DA OCHO MESES A LA GENERALITAT PARA ELABORAR PLANES PARA REDUCIR EL OZONO EN LAS ZONAS MÁS AFECTADAS

 

• Tras las sentencias de Castilla y León, Cataluña y Navarra, la nueva resolución confirma la negligencia de las doce comunidades autónomas donde se incumplen desde 2012 los objetivos de calidad del aire establecidos para este contaminante.
• Ecologistas en Acción reclama al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que elabore y apruebe el Plan Nacional de Ozono comprometido por Teresa Ribera en septiembre de 2020, del que solo se conocen algunos estudios científicos previos.

Por sentencia de 24 de enero de 2023, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana “condena a la Generalidad Valenciana a elaborar y aprobar sin dilaciones los planes para las zonas y aglomeraciones afectadas por superaciones de los valores objetivo para el ozono”, fijando un plazo de ocho meses para que el Gobierno autonómico redacte el borrador de dichos planes e inicie su tramitación.

Las zonas donde la Generalitat Valenciana viene obligada a elaborar los planes para reducir el ozono son quince de las dieciocho en que se divide la Comunidad a los efectos de evaluar la calidad del aire: Cérvol – Els Ports (áreas costera e interior), Mijares – Penyagolosa (áreas costera e interior), Palància – Javalambre (áreas costera e interior), Turia (áreas costera e interior), Júcar – Cabriel (área interior), Bética – Serpis (áreas costera e interior), Segura – Vinalopó (áreas costera e interior), Alacant y Elx.

La sentencia constata que “la Administración autonómica parece querer escudarse en el incumplimiento por parte del Estado de su obligación de elaboración de un Plan referido al ozono”, estimando que la comunidad autónoma “puede llevar a cabo una actuación independiente si bien más limitada que en el supuesto de tener el Estado un plan global”, tal y como concluye al respecto el Tribunal Supremo en su sentencia de julio de 2020.

Estimando el recurso contencioso-administrativo promovido por Ecologistes en Acció del País Valencià, el pronunciamiento del Tribunal Valenciano da continuidad a otros similares en Castilla y León (2018), Navarra (2021) y Cataluña (2022), confirmados por el Tribunal Supremo (2020), que ponen de manifiesto la negligencia sistemática de las comunidades autónomas a la hora de cumplir sus obligaciones para mejorar la calidad del aire y proteger la salud pública y el medio ambiente, en relación al contaminante ozono troposférico.

Y es que en Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco se vienen superando desde 2012 los objetivos legales establecidos para proteger la salud y el vegetación respecto a este contaminante, sumando una población afectada de 30 millones de personas sobre una superficie de 380.000 kilómetros cuadrados, sin que los gobiernos de estas doce comunidades hayan elaborado planes eficaces para corregir esta situación.

Hay que recordar que el ozono ocasiona en España entre 1.500 y 1.800 muertes prematuras cada año, 500 de ellas en episodios de alta contaminación como los registrados habitualmente en verano en el centro y sur de la Península y en Baleares, según la Agencia Europea de Medio Ambiente y el Instituto de Salud Carlos III. El coste económico de la atención sanitaria y las bajas laborales asociadas a la contaminación por ozono alcanza en España 5.000 millones de euros cada año, según el Banco Mundial.

Los dos únicos planes autonómicos de ozono aprobados hasta la fecha, en Castilla y León y Extremadura, carecen de valor normativo y omiten el contenido mínimo legal, limitándose a un catálogo de medidas generales sin diagnóstico, objetivos cuantificados ni detalle territorial y técnico para cumplir su finalidad. Por lo que constituyen documentos vacuos cuya única pretensión es aparentar el cumplimiento de la norma. Al respecto, la sentencia de Cataluña de 2022 deja claro que los planes deben ser eficaces para reducir el ozono.

Por su lado, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico lleva demorando desde 2015 la elaboración del Plan Nacional de Ozono, anunciado la última vez por la Ministra Teresa Ribera en septiembre de 2020, tras la sentencia del Tribunal Supremo de dos meses antes. Transcurridos más de dos años, del comprometido Plan Nacional de Ozono no se conocen hasta la fecha más que algunos estudios científicos previos, que ni siquiera se han publicado en la página Web del Ministerio.

Por todo ello, Ecologistas en Acción reclama al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Generalitat Valenciana y a los once restantes Gobiernos autonómicos que incumplen la normativa de calidad del aire en relación al ozono, que aborden sin más demora la elaboración de planes eficaces para luchar contra este gas tóxico, y pide a la Comisión Europea que extreme la exigencia de dichos planes y de su aplicación en la revisión de la Directiva de Calidad del Aire que finalizará durante la Presidencia española de 2023.

El ozono troposférico, también conocido como ozono “malo” por contraposición al de la estratosfera, es un contaminante secundario producido por la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias, en presencia de radiación solar. Por inhalación, provoca irritación de los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de la función pulmonar, un incremento del riesgo de enfermedades respiratorias agudas (asma, EPOC) y el agravamiento de patologías cardiovasculares, con resultado de hospitalización o muerte. El ozono, además de para las personas, es tóxico para la vegetación, dañando los bosques y reduciendo la productividad de los cultivos.

 

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