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Apple Iphone
Foto: Pixabay/2021
Fuente:
FACUA-Consumidores en Acción
Valencia 25
de marzo de 2021 |
FACUA CRITICA QUE EL MINISTERIO DE CONSUMO SIGA SIN
TOMAR MEDIDAS ANTE LA VENTA DE IPHONE SIN CARGADOR |
|
• Brasil ha multado a Apple con 1,6
millones de euros. La asociación se dirigió a Consumo en
2020 para que modificara la normativa a fin de prohibir
la venta de dispositivos sin todos los componentes
necesarios.
• FACUA-Consumidores en Acción critica que el Ministerio
de Consumo siga sin tomar medidas ante la venta de
IPhone sin incluir el cargador por parte de Apple, una
practica que ha llevado a Brasil a multar a la compañía
con 1,6 millones de euros.
• La asociación se dirigió en octubre de 2020 al
secretario general de Consumo y Juego del Ministerio de
Consumo, Rafael Escudero, instándole a que pusiera en
marcha las disposiciones normativas que fueran
necesarias para impedir que los fabricantes de
dispositivos electrónicos puedan vender sus productos
sin todos los componentes necesarios.
• En este sentido, FACUA critica que el Ministerio de
Consumo aún no haya dado respuesta a a la solicitud de
la asociación ni emprendido ningún paso en esta
dirección.
PERJUICIO PARA LOS CONSUMIDORES
En su escrito al Ministerio de Consumo, FACUA mostraba
su preocupación por una política empresarial que supone
un perjuicio económico para los usuarios en aras de una
mayor rentabilidad para la empresa, ya que van a
adquirir un producto incompleto que no puede utilizarse
correctamente sin comprar otro componente. La
asociación, además, advertía de que si esta nueva
conducta es adoptada por el resto de empresas del
mercado podría ocurrir que todos los móviles
comercializados lo hagan sin incluir el cargador, para
perjuicio de los consumidores.
De igual forma, la asociación recordaba que el Real
Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General para
la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias, indica en su artículo 114 que "el
vendedor está obligado a entregar al consumidor y
usuario productos que sean conformes con el contrato",
mientras que el 116 establece que serán conformes a
contrato los productos que "sean aptos para los usos a
que ordinariamente se destinen los productos del mismo
tipo", entre otros.
Así, FACUA entiende que para que un terminal móvil pueda
tener un uso "ordinario" resulta obligatorio que
dispongan de un cargador que le suministre energía a la
batería para seguir funcionando, por lo que no
entregarlo junto al dispositivo podría ser una falta de
conformidad según la citada normativa.
ARGUMENTOS POCO CONVINCENTES
El pasado 19 de marzo trascendió que que la Autoridad
Brasileña de Protección al Consumidor de São Paulo (Procon-SP)
había multado a Apple con cerca de dos millones de
dólares (1,6 millones de euros) por este motivo.
La autoridad de protección al consumidor brasileña ha
decidido imponer esta sanción por incurrir en
"publicidad engañosa, venta de un producto sin cargador
y condiciones abusivas". De acuerdo al informe de Procon-SP,
había solicitado a la compañía que diera explicaciones
por la decisión de retirar el cargador, pero los
argumentos de que era por su "compromiso con el medio
ambiente" no eran convincentes.
La autoridad brasileña exigió a Apple que incluyera el
cargador en la caja de los nuevos modelos de iPhone, en
caso de que el consumidor lo requiriese. La empresa, sin
embargo, nunca cumplió la orden.
De igual forma, Procon-SP también ha indicado que la
multinacional no respondió cuando se le preguntó si el
precio de los nuevos modelos de iPhone se había reducido
al eliminar el cargador y no informó del precio de los
teléfonos con y sin cargador ni de cuántos cargadores
habían sido retirados. |
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