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Vivienda
Foto: VD/2021
Fuente: FACUA-Consumidores
en Acción
Valencia 22 de febrero de 2021 |
LEY DE VIVIENDA: FACUA RECLAMA QUE LA COMISIÓN DE LAS
INMOBILIARIAS LA PAGUE EL VENDEDOR O ARRENDADOR |
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• La asociación considera imprescindible
que la nueva ley avance en la regulación de la figura
del intermediario, para evitar abusos en la compra-venta
y alquiler de inmuebles.
FACUA-Consumidores en Acción reclama, en relación a la
nueva ley de vivienda que prepara el Gobierno, que
incluya que la comisión que se paga a las inmobiliarias
por su intermediación en las operaciones de compra-venta
o alquiler de inmuebles sea asumida obligatoriamente por
el vendedor o arrendador, esto es, por aquella parte que
obtiene un beneficio económico de la operación. En la
actualidad, aunque no existe norma alguna al respecto,
es el inquilino o comprador quien suele asumir su coste.
La nueva regulación debe ir un paso más allá del Real
Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes
en materia de vivienda y alquiler, que ya establece que
los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del
contrato corran por cuenta del vendedor o arrendador en
el caso de que se trate de una persona jurídica
(empresa), con independencia de quién contrate los
servicios. En este sentido, la asociación considera que
la nueva norma debe incluir que esto ocurra en todos los
casos, sea el vendedor o arrendador persona física o
jurídica.
FACUA considera imprescindible que la nueva normativa de
vivienda avance en la regulación para la figura del
intermediario inmobiliario, para evitar los abusos en la
compra/venta y alquiler de inmuebles, como puedan ser
comisiones excesivas que han sido denunciadas
recientemente por la asociación.
ACTIVIDAD SIN NINGÚN TIPO DE REGULACIÓN
FACUA recuerda que se trata de una figura que quedó
completamente desregulada con la aprobación de Ley
4/2013, de 4 de junio, de Medidas de Flexibilización y
Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas en 2013, y
esto ha repercutido en un creciente número de prácticas
irregulares (como cláusulas de exclusividad que podrían
ser abusivas) por parte de estos intermediarios, a los
que actualmente no se les exige ni siquiera una mínima
cualificación ni registro para ejercer su actividad.
Asimismo, la asociación reivindica que esta actividad de
intermediación inmobiliaria requiere de una regulación y
un mayor desarrollo posterior a la ley de vivienda de
tal manera que tenga un reglamento propio. FACUA
recuerda que la intermediación es una actividad
absolutamente desregulada en España. No hay ninguna
pauta a nivel estatal que rija el desempeño de esta
actividad, ni en relación a quién puede ejercerla ni
cómo. Tan sólo existe alguna normativa autonómica al
respecto y en cualquier caso resulta insuficiente,
obsoleta y necesita de ser actualizada, valora la
asociación.
Cuestiones como la información obligatoria que debe
darse a los solicitantes de sus servicios, tanto del
inmueble como del propio servicio de intermediación, el
control de las posibles prácticas abusivas que puedan
llegar a darse y su correspondiente sanción, la
formación o certificación necesaria para ejercer la
actividad o un registro en el que los intermediarios
deban darse de alta y que sea público para la consulta
de todos aquellos particulares que quieran contratarlos
son imprescindibles para evitar las irregularidades que
se vienen cometiendo en los últimos años. |
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