• El portavoz de Compromís en el Senado,
Carles Mulet, ha registrado un total de 52 enmiendas a
la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de
Educación (LOMLOE), que se debatirán en el pleno del día
23 en la Cámara Alta.
Entre diversas cuestiones, Compromís incide en dar
cabida en el sistema educativo a la pluralidad
lingüística existente en el Estado español, y no
limitarla únicamente a los cuatro idiomas con rango
oficial (castellano, valenciano, eusquera y gallego) y
su caso el caso del aranés, para extenderlo a todas
aquellas lenguas reconocidas oficialmente pero todavía
no con estatus de cooficialidad.
Mulet ha recordado que las lenguas de España es un
patrimonio cultural que será objeto de especial respeto
y protección, sin discriminar con las oficiales o no;
que existan lenguas españolas que no sean todavía
oficiales sus respectivas comunidades autónomas se
podría entender incluso como un acto de estar
contraviniendo la carta magna, pero esto no puede
coartar la protección y especial resto de todas y cada
una de las lenguas españolas.
* El senador valencianista ha explicado que buena parte
de estas enmiendas vienen impulsadas por su socios de
Chunta Aragonesista o colectivos de defensa de las
lenguas minorizadas.
En las enmiendas a la LOMLOE se incide en que el
especial respeto y protección de las lenguas españolas
no castellanas, no es solamente una obligación que
recaiga en las administraciones autonómicas de los
territorios donde existe una lengua cooficial, sino que
ha extenderse al conjunto del estado y su principal vía
debe ser la educación y a través de ella la enseñanza y
conocimiento de estas lenguas. “La libertad de los
ciudadanos y las ciudadanas de residir en cualquier
lugar del territorio no puede hacer perder el derecho de
recibir la enseñanza de las otras lenguas ibéricas
distintas al castellano. El conocimiento de las lenguas
no castellanas debe ser un derecho de toda la
ciudadanía. En especial en las zonas limítrofes las
comunidades hablantes.
De la misma manera, se pide incorporar a la enseñanza
las lenguas reconocidas oficialmente en sus estatutos
pero que no ha adquirido todavía la cooficialidad
todavía, caso del asturiano/leonés o el aragonés. O de
la misma manera dejar la puerta abierta a su
incorporación a otras lenguas y variantes que puedan
conseguir este reconocimiento, como es el caso de las
lenguas extremeñas ( extremeño, fala o rayano), el
cántabro, tamagiz de Melilla o árabe ceutí)
Se pide garantizar la competencia lingüística del
alumnado en lengua castellana y la lengua o lenguas
propias de la Comunidad Autónoma, sea oficial o
reconocida oficialmente, y asegurar la igualdad
profesional de los maestros de lenguas propias no
oficiales que actualmente no se encuentran recogidos en
el artículo 2.2 del Real Decreto 1594/2011, de 4 de
noviembre, por el que se establecen las especialidades
docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus
funciones en las etapas de Educación Infantil y de
Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación
Otra de las enmiendas pide la adaptación del Real
Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se
fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos
de certificación, se establece el currículo básico de
los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y
Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen
especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias
entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial
reguladas en diversos planes de estudios y las de este
real decreto y legal y el Real Decreto 1/2019, de 11 de
enero, por el que se establecen los principios básicos
comunes de evaluación aplicables a las pruebas de
certificación oficial de los niveles Intermedio B1,
Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las
enseñanzas de idiomas de régimen especial, con el fin de
incorporar las lenguas propias no oficiales con
reconocimiento legal.
Otra de las propuestas es asegurar la enseñanza en las
Escuelas Oficiales de Idiomas de las lenguas propias
reconocidas oficialmente pero que no tienen carácter
oficial, concretando el contenido del artículo 60.2 de
la LOMLOE que dice: Asimismo, se facilitará el estudio
de otras lenguas que por razones culturales, sociales o
económicas presenten un interés especial.
* Para el senador valencianista “estas enmiendas,
vienen a reforzar y concretar lo que queda tan bonito en
el artículo 3 de la Constitución pero nunca nadie ha
desarrollado”. |
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