• Considera una grave dejación de
funciones que quince meses después de sus denuncias, los
ministerios de Fomento y Consumo no hayan emprendido
actuaciones contra la aerolínea.
FACUA-Consumidores en Acción está remitiendo una batería
de denuncias contra Ryanair a las diecisiete autoridades
de consumo autonómicas en las que les solicita que
impongan multas millonarias por la práctica ilícita de
cobrar por llevar equipaje de mano. La asociación
considera una grave dejación de funciones que quince
meses después de sus denuncias, los ministerios de
Fomento y Consumo no hayan emprendido actuaciones contra
la aerolínea.
Este miércoles ha trascendido una sentencia del Juzgado
de lo Mercantil número 13 de Madrid que declara
"abusiva" la medida de Ryanair, ya que "cercena los
derechos que el pasajero tiene reconocidos" en la
normativa española y supone "generar un grave
desequilibrio de prestaciones entre las partes
contratantes en perjuicio del consumidor". La sentencia,
dictada como consecuencia de la demanda interpuesta por
una pasajera, indica que la cláusula debe ser declarada
nula y eliminada del contrato.
Hasta noviembre de 2018, los pasajeros de Ryanair podían
ir al embarque con un bulto de pequeñas dimensiones y
otro de hasta 10 kg. Pero desde esa fecha, la compañía
cobra por este segundo equipaje, que obliga a entregar
en las mesas de facturación. Sólo exime de este cobro
extra y permite seguir subiendo al avión con los dos
butos y llevar ambos en cabina a los usuarios que
compran sus billetes con la tarifa de Embarque
Prioritario, que supone un precio añadido de entre 6 y 8
euros.
IRRESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO
Tras el anuncio de Ryanair de esta nueva tarifa, FACUA
presentó sendas denuncias en agosto de 2018 ante la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio
de Fomento y ante el organismo de protección al
consumidor del ahora denominado Ministerio de Sanidad,
Consumo y Bienestar Social.
AESA no ha comunicado a FACUA la apertura de expediente
sancionador a Ryanair. Por su parte, Consumo no ha
anunciado ninguna actuación ante la práctica abusiva de
la compañía, sobre la que ni siquiera se ha pronunciado
públicamente. En este sentido, la Dirección General de
Consumo de dicho Ministerio no tiene competencias para
imponer multas, pero sí para emprender acciones
judiciales ante la vulneración de la normativa de
defensa de los consumidores y para realizar análisis
jurídicos y, de determinar la existencia de
infracciones, instar a las comunidades autónomas a que
abran expedientes sancionadores.
Ante la irresponsable inacción de los organismos
competentes de los ministerios de Fomento y Consumo,
FACUA ha iniciado ahora la presentación de denuncias
contra Ryanair ante las Direcciones Generales, Agencias
e Institutos de Consumo de las diecisiete comunidades
autónomas. La asociación reclama la aplicación de multas
millonarias proporcionales a las dimensiones del fraude.
En este sentido, recuerda que las leyes autonómicas de
defensa de los consumidores establecen multas accesorias
que representan, según la comunidad, entre cuatro y diez
veces el beneficio ilícito obtenido.
El director general de Consumo de las Islas Baleares,
Félix Alonso, ya ha comunicado este jueves a FACUA que
abrirá expediente sancionador. "La Dirección General de
Consumo abrirá expediente sancionador a Ryanair.
Recogemos así el guante lanzado por FACUA, que, junto
con la sentencia, aporta argumentos suficientes para que
se dictamine si existe motivo de sanción", ha anunciado
Alonso desde su cuenta de Twitter.
PRÁCTICA CONTRARIA A LA LEGISLACIÓN
Desde que Ryanair anunció el cobro por llevar equipaje
de mano, FACUA viene advirtiendo de que se trata de una
práctica abusiva que genera un grave perjuicio a los
consumidores, vulnera sus derechos e incumple las
condiciones básicas del contrato de transporte aéreo.
Así, la asociación recuerda una vez más que la Ley de
Navegación Aérea establece que "el transportista estará
obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como
equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero
lleve consigo". Sólo contempla como excepciones "razones
de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto
en relación con las características de la aeronave".
De igual forma, la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios recoge como cláusulas abusivas
todas aquellas "estipulaciones no negociadas
individualmente y todas aquellas prácticas no
consentidas expresamente que causen, en perjuicio del
consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los
derechos y las partes que se deriven del contrato". |
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