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Fuente: Comisiones Obreras-PV (CCOO-PV)
Valencia 01 de agosto de 2019

CCOO SALUDA QUE LA AUDIENCIA COINCIDA EN QUE EL BAREMO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL DE À PUNT NO VULNERA LA LEGALIDAD

 

• La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de la Asociación de la Prensa de Alicante y la Unió de Periodistes Valencians contra el baremo de las bases para la contratación laboral temporal en la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación de la Comunidad Valenciana.

La Audiencia Nacional declara que los apartados relativos a la experiencia profesional, que otorgan mayor puntuación al personal de la antigua RTVV, en función del tiempo de servicio prestado y de la superación de procesos selectivos, no vulnera los artículos 14, 23.2 y 103.3 de la Constitución Española. Como defendía CCOO, la valoración de la experiencia profesional no era contraria a los preceptos constitucionales de igualdad, merito y capacidad en el acceso al empleo público.

Hay que recordar que, ante el cierre RTVV, por imposición mediante ley del anterior Gobierno valenciano del Partido Popular, y en el marco de la negociación de un traumático ERE de extinción de todos los contratos, se alcanzó un acuerdo con los sindicatos, suscrito por CCOO, que establecía la prioridad de contratación temporal entre el personal afectado por el ERE en el caso de reapertura de una nueva radiotelevisión autonómica.

Este acuerdo sentó las bases para que la Ley 6/2016 de recuperación de este servicio público incluyera, en la Disposición Transitoria Novena, la posibilidad de valorar como mérito diferenciado el haber trabajado en la antigua RTVV, así como la antigüedad y el hecho de haber accedido al puesto mediante proceso selectivo.

La negociación posterior con el Consejo Rector de la CVMC y la Dirección General de À Punt Media, en la que CCOO fue parte fundamental, trasladó las posibilidades de esta Disposición a las bases, consiguiendo un difícil equilibrio, dentro del marco legal, tal como reconoce la sentencia de la Audiencia.

 

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