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Cien por cien pata negra
Foto: FACUA/2019
Fuente: FACUA Consumidores en Acción
Valencia 10 de junio de 2019 |
TRAS LA DENUNCIA DE FACUA, ABREN EXPEDIENTE SANCIONADOR
A LA EMPRESA CIEN POR CIEN PATA NEGRA SL |
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• Su nombre aparece destacado en el
etiquetado de jamones que inducen con ello a creer que
se trata de productos de "pata negra" cuando en realidad
no cumplen las exigencias legales para ello.
Tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, la
Junta de Castilla y León ha abierto expediente
sancionador a la empresa de Guijuelo (Salamanca) Cien
por Cien Pata Negra SL. El nombre de la empresa aparece
destacado en el etiquetado de jamones que inducen con
ello a creer que se trata de productos de "pata negra"
cuando en realidad no cumplen las exigencias legales
para poder presentarse con esa denominación.
En una comunicación remitida a FACUA, la Dirección
General de Competitividad de la Industria Alimentaria y
de la Empresa Agraria indica que, como consecuencia de
su denuncia, "los servicios de calidad comercial
alimentaria del Servicio Territorial de Agricultura y
Gnaadería de Salamanca giraron visita de inspección a la
industria Cien por Cien Pata Negra SL". "En dicha
inspección, se detectan las irregularidades señaladas en
la denuncia en materia de etiquetado de ibérico y
productos cárnicos", continúa el escrito.
Al denunciar los hechos el pasado diciembre, la
asociación recordó que el Real Decreto 4/2014, de 10 de
enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la
carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico,
recoge en su artículo 4 que la expresión "pata negra" en
el etiquetado y en acciones de promoción o publicidad
"queda reservada exclusivamente a la designación 'de
bellota 100% ibérico'", para lo que hay que cumplir una
serie de condiciones establecidas en la misma norma.
FACUA advirtió de que el mismo artículo del citado Real
Decreto establece que "la marca comercial que se asigne
al producto final no podrá inducir a confusión al
consumidor, sobre sus características raciales y las
condiciones de alimentación o manejo, tanto a través de
la propia denominación de la marca, como de su imagen
gráfica". Asimismo, el artículo 5 de la Ley de
Competencia Desleal estipula que "se considera desleal
por engañosa cualquier conducta que contenga información
falsa o información que, aun siendo veraz, por su
contenido o presentación induzca o pueda inducir a error
a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su
comportamiento económico".
TABERNERO, UNA DE LAS MARCAS DE LA EMPRESA
La denuncia tuvo su origen después de que FACUA Córdoba
detectase la venta de jamones de la marca Tabernero,
propiedad de Cien por Cien Pata Negra SL, en la cadena
de supermercados MAS en cuyo etiquetado se mostraba de
forma destacada la denominación de la sociedad. Una
práctica con la que puede inducirse a los consumidores a
creer que se trata de jamones de pata negra. La marca
principal de la empresa es Sierra de Codex.
La asociación espera que el expediente sancionador se
resuelva con una multa contra Cien por Cien Pata Negra
SL de cuantía proporcional a la gravedad de las
irregularidades cometidas al inducir a error sobre las
características de sus productos. |
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