valenciadiario.com / valenciadiario.es
Diario digital Progresista / Ecologista / Solidario / Defensa del trabajador
/ Defensa del consumidor / Defensa de los
animales |
Fuente: Comisiones Obreras (CCOO)
Valencia 27 de mayo de 2019 |
CCOO MUESTRA SU APOYO Y SOLIDARIDAD A LOS TRABAJADORES Y
TRABAJADORAS DE GLOVO |
|
• Recuerda que, desde el 29 de marzo,
forman parte del ámbito del Acuerdo Laboral Estatal de
Hostelería (ALEH) y que, por lo tanto, son
trabajadores/as por cuenta ajena y se les deben aplicar
medidas de salud laboral estipuladas por la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales.
MCCOO quiere mostrar todo su apoyo y solidaridad con los
repartidores y repartidoras de Glovo, tras el
fallecimiento de uno de sus compañeros en Barcelona, que
fue atropellado mientras trabajaba. Tenía 22 años, y se
pagaba la Seguridad Social, trabajaba de madrugada y
cobraba solo sus servicios por viaje.
CCOO emplaza a Glovo y al resto de plataformas a asumir
sus responsabilidades como empleadores directos y, por
tanto, que las condiciones profesionales como las de la
salud estén especialmente protegidas. Persistir en su
actitud de no reconocer la laboralidad del colectivo
sólo traerá conflictividad y, desgraciadamente, como ha
sido el caso, sufrimiento. Mientras no se abran a
regular esta situación sólo quedará la actuación de la
Inspección de Trabajo, de los Tribunales de Justicia y
las movilizaciones de los trabajadores.
EL BOE YA PUBLICÓ LA INTRODUCCIÓN DE LOS
REPARTIDORES/AS EN EL ÁMBITO DEL ALEH
CCOO recuerda que el pasado 29 de marzo el Boletín
Oficial del Estado publicaba la ampliación del Acuerdo
Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), que contempla la
introducción en el ámbito funcional del ALEH de los
repartidores y repartidoras de comida a domicilio, “a
pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise
autorización administrativa establecida por la normativa
de transporte, como prestación de servicio propio del
establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas
las plataformas digitales o a través de las mismas”.
Tras su publicación en el BOE, CCOO se puso a trabajar
para que su categoría profesional, su salario y sus
funciones serán reguladas según los convenios
sectoriales que les correspondan.
Al formar parte del ámbito del ALEH, la Inspección de
Trabajo debe considerar a repartidores y repartidoras
como trabajadores/as por cuenta ajena y no falsos
autónomos, y debe tener en cuenta factores de seguridad
vial, paralización de actividad por condiciones
climatológicas adversas, mantenimiento de vehículos,
cascos y que la ropa de trabajo (cazadoras, guantes,
pantalones, calzado) sean considerados EPi’s, entre
otras medidas.
CCOO anima a estos trabajadores y trabajadoras con
categoría de repartidores/as a que se acerquen por el
sindicato para denunciar ante la Inspección de Trabajo
que su profesión forma parte del Acuerdo Laboral de
Hostelería de Ámbito Estatal. |
|
• © valenciadiario.com
© valenciadiario.es - 2015-2019 (Todos los derechos
reservados).
• Queda terminantemente prohibida la reproducción total
o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta
Web, salvo autorización expresa de valenciadiario.com, o
de valenciadiario.es.
• Queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo
32,1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad
Intelectual.
• Queda prohibida la distribución, puesta a disposición,
comunicación pública y utilización, total o parcial, de los
contenidos de esta Web, en cualquier forma o modalidad, sin previa,
expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera
reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o
revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente
lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa. |
|
|
|