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Fibra óptica
Foto: Pixabay/2019
Fuente: FACUA Consumidores en Acción
Valencia 16
de mayo de 2019

MÁSMÓVIL PENALIZÓ CON MÁS DE 400 EUROS A UNA USUARIA QUE PIDIÓ LA BAJA DESPUÉS DE TRES MESES SIN SERVICIO

 

• Tras la reclamación de FACUA, ha anulado los cargos. Nunca le activó la fibra ni hizo efectiva la portabilidad de las líneas telefónicas.

Tras la reclamación de FACUA-Consumidores en Acción, MásMóvil ha anulado una penalización por baja de 405 euros a una usuaria a la que nunca llegó a prestar servicio. La compañía no hizo efectiva la portabilidad de las líneas de teléfono y el router que instaló en el domicilio no funcionaba correctamente.

Leila Z.M., residente en Bilbao, solicitó a MásMóvil en febrero de 2018 la portabilidad de sus dos líneas móviles y el servicio de conexión por fibra a internet. La compañía le aseguró que se encargaría de tramitar el cambio y envió a un técnico para que instalara el nuevo router.

Para sorpresa de Leila, sin embargo, durante el tiempo que estuvo dada de alta con MásMóvil la compañía no le emitió ninguna factura por los servicios. Por el contrario, seguía siendo la operadora que tenía contratada antes de hacer la portabilidad quien le cobraba por el uso de los servicios de telefonía e internet. Además, el router que le instalaron no funcionaba correctamente, de forma que ningún aparato podía conectarse a él.

La usuaria decidió darse de baja de la compañía en mayo de 2018 debido a que MásMóvil no le estaba prestando servicio alguno. Ese mismo mes, la empresa le envió una factura por un total de 405 euros en concepto de "penalizaciones por incumplimiento y gastos de instalación". Posteriormente, empezó a exigirle el pago bajo amenazas de incluir sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y llevarla a tribunales.

Ante esta situación, Leila decidió acudir a FACUA para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a MásMóvil para solicitarle que anulara la factura de 405 euros, ya que la usuaria, más allá del hecho de que nunca recibió ningun servicio, "no fue informada del eventual abono de ningún importe en concepto de penalización por gastos de instalación en caso de interesar la resolución del contrato" que, además, "fue consecuencia del incumplimiento reiterado del contrato por parte de Xfera Móviles (MásMóvil)".

En este sentido, el artículo 1.124 del Código Civil establece la facultad de "resolver las obligaciones en el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe" y que "el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimitento o la resolución de la obligación". Además, el Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, indica que "el usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas", entre las que incluyen la "ejecución unilateral de cláusulas penales".

En respuesta a la reclamación de FACUA, MásMóvil informó de que "verificamos que el servicio de fibra fue instalado el 16 de marzo. Sin embargo no hemos podido verificar que la instalación se realizó de manera correcta" y que, por tanto, procedían a anular la factura de 405 euros que le reclamaban a Leila.

 

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