• El nuevo ordenamiento aclara la
situación urbanística de los terrenos del parque,
eliminando cualquier referencia a posibles
reclasificaciones.
• Otras novedades afectan a las competencias de gestión,
a la evaluación del régimen hídrico y la cartografía.
El nuevo ordenamiento jurídico del Parque Natural de la
Albufera entra en vigor este viernes, 12 de abril, entra
en vigor tras la publicación en el Diario Oficial de la
Generalitat del decreto 52/2019, de 29 de marzo, del
Consell, de modificación del Decreto 71/1993, que puede
consultarse en el siguiente enlace: consultar aquí .
Caber recordar que el Pleno del Consell dio su
aprobación al documento el pasado 29 de marzo.
El régimen jurídico del Parque Natural, el decreto de
1993, tuvo tres modificaciones parciales: los decretos
57/1994, 258/2004 y 264/2004. El Plan de Ordenación de
los Recursos Naturales (PORN) fue aprobado en 1995.
Sin embargo, el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), que
se aprobó en 2004, se impugnó y una sentencia del
Tribunal Supremo en 2012 anuló diversos preceptos.
Entre los preceptos anulados se incluyeron los que
habilitaban que el PRUG pudiera prever una zonificación
urbanística que siguiera criterios distintos a los
previstos en el PORN del mismo espacio natural, de forma
que el régimen jurídico del suelo urbano y del suelo
urbanizable no podía extenderse al suelo no urbanizable
protegido.
A esto se añadía que las previsiones urbanísticas del
PORN deben prevalecer sobre el PRUG, debido a la
finalidad legal respectiva de cada plan, como también
las determinaciones del PORN y del PRUG prevalecerán
sobre los contenidos urbanísticos del planeamiento
municipal. Tras la sentencia, la Generalitat inició el
procedimiento de revisión para su adaptación.
Por tanto, con el nuevo decreto se aclara la situación
urbanística de los terrenos comprendidos en el ámbito
del parque natural, eliminando cualquier referencia a
posibles reclasificaciones que no serían acordes con la
clasificación de los suelos de este espacio natural.
Así, el nuevo texto elimina la posibilidad (por no
cumplir con lo que establece la Ley 11/94 de la
Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos) de que el
Plan Rector de Uso y Gestión pueda realizar
modificaciones de los límites del espacio natural
protegido, aspecto reservado únicamente a la norma de
declaración.
GESTIÓN DEL PARQUE
En cuanto a la gestión del Parque Natural de la
Albufera, el nuevo decreto otorga las competencias al
órgano competente en materia de espacios naturales
protegidos (actualmente la Dirección General de Medio
Natural y Evaluación Ambiental) y sustituye el Consejo
Directivo del Parque a que se había atribuido tal
competencia en el Decreto 71/1993, de 31 de mayo, del
Consell.
Actualiza la composición de miembros que componen la
Junta Rectora del Parque Natural, transcurridos 26 años
desde su creación. Una adecuación necesaria del órgano
de participación del parque para conseguir que refleje
mejor la realidad social e institucional actual y sea
representativo del amplio abanico de agentes sociales e
instituciones involucradas en la dinámica y la
problemática de este espacio natural.
EVALUACIÓN DEL RÉGIMEN HÍDRICO
Asimismo, se establece la creación, en la Junta Rectora,
de una comisión técnica, a través de la cual se lleve un
seguimiento y una evaluación del régimen hídrico del
Parque Natural de la Albufera.
En cuanto a la cartografía, se procede a publicar la
correspondiente en el límite del parque natural. Esta
publicación no implica en ningún caso que se proceda a
la modificación de los límites establecida en el Decreto
71/1993 y la modificación de este realizada con el
Decreto 258/2004.
De este modo, se adecua la cartografía a una escala con
un mayor nivel de detalle y se realizan modificaciones
en la delimitación textual para adaptarlos a la
terminología actual en cuanto a nomenclatura catastral. |
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