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Salones de juego
Foto: Pixabay/2018
Fuente: Generalitat Valenciana
Valencia 16
de noviembre de 2018

EL CONSELL MODIFICA EL REGLAMENTO DE SALONES DE JUEGO PARA FIJAR UNA DISTANCIA MÍNIMA DE 700 METROS ENTRE ESTOS LOCALES Y EVITAR AGLOMERACIONES

 

• El Consell pretende evitar la concentración de estas salas en zonas concretas de las ciudades para salvaguardar el bienestar de los valencianos y valencianas.
• El Pleno del Consell reunido hoy ha aprobado la modificación del Reglamento de Salones Recreativos y Juego para incluir una distancia mínima de 700 metros entre salones de juego.

El principal objetivo de esta iniciativa es evitar la concentración de locales de este tipo en zonas concretas de las ciudades, para impedir que se configuren como un factor añadido de atracción y con el fin de salvaguardar el bienestar de los valencianos y valencianas. La medida prioriza la protección de los colectivos más vulnerables, particularmente de los menores, así como de las personas con problemas de ludopatía.

El Proyecto de Ley de Juego de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Consell el pasado 26 de octubre establece el compromiso para la Administración de alcanzar unas políticas de juego responsable donde las actividades de juego se abordan desde una política integral de responsabilidad social, con especial atención a los colectivos de riesgo y a las personas menores de edad.

En este sentido, la Administración valenciana ha considerado necesario establecer una distancia entre los salones de juego, como un instrumento de planificación, al igual que ha sido objeto de regulación en otras comunidades autónomas. No obstante, en algunas como es el caso de Madrid no existe ninguna distancia mínima para la apertura de salones de juego.

Así, en la Comunitat Valenciana, los locales de bingo deben estar separados por una distancia de 1.200 metros entre ellos. En cuanto a los casinos, las salas apéndice han de estar situadas a una distancia no inferior a 4.000 metros de su casino principal y a 1.200 de las salas de bingo. En los establecimientos de hostelería se establece la limitación del número de máquinas a instalar.

Cabe recordar que la Audiencia Nacional, mediante una sentencia del mes de marzo pasado, anuló la distancia fijada por el anterior Consell en 2015 en el reglamento actualmente vigente por no estar suficientemente motivada.

La ejecución de este fallo, a petición del actual Consell, está suspendida, de ahí la necesidad de aprobar, de forma adecuada y justificada fehacientemente, una nueva regulación para garantizar la protección y bienestar de los valencianos y valencianas.

 

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