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FACUA Consumidores en Acción
Fuente: FACUA Consumidores en
Acción Valencia
09
de noviembre de 2018 |
FACUA RECLAMA QUE LA AUTORIDAD DE PROTECCIÓN AL USUARIO
FINANCIERO TENGA POTESTAD SANCIONADORA |
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• No será más que otra figura decorativa
si sus decisiones no son vinculantes, advierte la
asociación, que exige también voluntad política para
castigar con dureza los fraudes de la banca.
FACUA-Consumidores en Acción reclama al Gobierno que la
futura autoridad de protección al usuario financiero
emita resoluciones vinculantes, tenga potestad
sancionadora y cuente con recursos suficientes para
actuar con eficacia. De no ser así, no será más que otra
figura decorativa que seguirá sin frenar los numerosos y
graves fraudes que comete el sector bancario, señala la
asociación.
Más allá de la capacidad de aplicar multas ante los
fraudes que detecte de oficio o las infracciones que
denuncien los consumidores y sus organizaciones
representativas, resulta clave la existencia de voluntad
política por castigar de manerar contundente y
disuasoria las irregularidades del sector financiero,
advierte FACUA. La asociación recuerda que existen
numerosos organismos con competencias sancionadoras
sobre distintos sectores que afectan a las relaciones de
consumo y que apenas las ejercen o imponen multas de
cuantías muy inferiores a las que les permite la
legislación.
En este sentido, FACUA critica la histórica pasividad
del Banco de España, la Agencia Española de Consumo,
Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -sin
potestad sancionadora pero que sí puede llevar a las
empresas a los tribunales- y las autoridades de consumo
autonómicas ante las irregularidades del sector
financiero viene favoreciendo que los millones de
consumidores sean víctimas de una larga lista de
fraudes. Ejemplos de ellos son la cláusula suelo, las
participaciones preferentes, el cobro de comisiones
ilícitas y la aplicación tipos de interés abusivos por
la demora en el pago de las hipotecas, los créditos
vinculados a tarjetas o ciertos préstamos al consumo.
La creación de la autoridad de protección al usuario
financiero es una exigencia de la directiva europea
2013/11 que fue traspuesta hace ya doce meses con la Ley
7/2017 de Resolución Alternativa de Conflictos de
Consumo y que concedía ocho meses para su implantación. |
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