• En su calidad de transporte urbano,
serán las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos las
administraciones que regulen el servicio de VTC.
• Al final de un periodo transitorio de 4 años, las
autorizaciones VTC de ámbito estatal quedarán
habilitadas únicamente para prestar servicios
interurbanos.
• En el marco de la Conferencia Nacional de Transportes,
se crea un grupo de trabajo para el planteamiento de
soluciones que faciliten una convivencia ordenada entre
ambos sectores y avanzar en la mejora de la experiencia
del usuario.
El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha
aprobado un Real Decreto-Ley que modifica la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) en
materia de autorizaciones de arrendamiento con
conductor.
La nueva norma establece que serán las Comunidades
Autónomas y Ayuntamientos las administraciones públicas
que regulen el servicio de Vehículos de Turismo con
Conductor (VTC), en su calidad de transporte urbano.
El Real Decreto-Ley dispone que, tras un periodo
transitorio de 4 años, las actuales autorizaciones VTC
de ámbito nacional quedarán habilitadas únicamente para
realizar transporte interurbano. En consecuencia, al
final de ese periodo, para poder realizar servicios VTC
en ámbito urbano, se deberá solicitar la correspondiente
autorización a las Comunidades Autónomas o los
Ayuntamientos, lo que no implica que las VTC de ámbito
nacional pierdan su eficacia, aunque solo la mantienen
para el transporte interurbano.
Por otra parte, el Real Decreto-Ley habilita a las CCAA
a modificar las condiciones de explotación de las VTC de
ámbito nacional para los servicios en su territorio,
incluyendo condiciones como precontratación, solicitud
de servicios, captación de clientes, recorridos mínimos
y máximos, servicios u horarios obligatorios y
especificaciones técnicas del turismo.
Estas modificaciones, en caso de ser aprobadas por la
administración autonómica, se aplicarán tanto durante el
periodo transitorio como tras el mismo. En lo referente
a los servicios urbanos que se presten por titulares de
VTC de ámbito nacional durante el periodo transitorio,
deberán cumplir las condiciones que establezcan, dentro
de sus competencias, las entidades locales sobre
utilización del dominio público viario, gestión del
tráfico urbano, protección del medio ambiente y
prevención de la contaminación atmosférica.
Además, se crea un grupo de trabajo permanente, para la
búsqueda de soluciones que faciliten una convivencia
ordenada entre ambos sectores y avanzar en la mejora de
la experiencia del usuario, como compartir buenas
prácticas y experiencias exitosas, medidas para la
mejora de la competitividad o prestación del servicio.
TRAMITACIÓN URGENTE DEL RÉGIMEN SANCIONADOR
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha autorizado la
tramitación por vía de urgencia de un anteproyecto de
Ley para modificación del régimen sancionador
establecido en la LOTT, con objeto de garantizar el
cumplimiento de las nuevas condiciones de prestación de
los servicios VTC y vinculado con el “Registro de
Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de
Vehículos con Conductor” que se encuentra en fase de
desarrollo tecnológico en el Ministerio de Fomento y que
podrá empezar a funcionar a final de año.
Esta reforma va en la línea de lo recogido en el informe
que el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, presentó
el pasado día 3 de agosto al Consejo de Ministros, en el
que se reconocía que el papel de los servicios de
arrendamiento de vehículo con conductor (VTC) ha
cambiado sustancialmente en los últimos años, y hoy en
día se han convertido mayoritariamente en una forma de
movilidad urbana o periurbana que prestan servicio, en
muchos casos, en competencia con el taxi.
En ese informe se indicaba también que, en el actual
contexto europeo, en el que uno de los grandes retos es
alcanzar una movilidad urbana sostenible, las políticas
de movilidad integradas deben ser una prioridad. Para
ello es esencial que estas políticas de movilidad puedan
integrar a todos sus instrumentos, en los que tanto el
taxi como la VTC, así como el resto de formas de
movilidad, tienen que tener un papel protagonista.
Además, se analizaba la situación de ambos sectores y
las tensiones generadas, situación que requería, en
definitiva, encontrar un marco que, dentro del respeto a
las competencias propias del Estado garantice también
que los entes autonómicos y locales dispongan de
instrumentos que les permitan desarrollar sus propias
competencias en transporte urbano y de movilidad, y que
dote de seguridad jurídica al sistema, con una solución
permanente y definitiva que evite continuar con un goteo
continuo de medidas normativas, en muchas ocasiones
cuestionadas judicialmente, que no aborden el núcleo del
grave problema al que nos enfrentamos. |
• © valenciadiario.com
© valenciadiario.es - 2015-2018 (Todos los derechos
reservados).
• Queda terminantemente prohibida la reproducción total
o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta
Web, salvo autorización expresa de valenciadiario.com, o
de valenciadiario.es.
• Queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo
32,1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad
Intelectual.
• Queda prohibida la distribución, puesta a disposición,
comunicación pública y utilización, total o parcial, de los
contenidos de esta Web, en cualquier forma o modalidad, sin previa,
expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera
reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o
revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente
lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa. |