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Fuente: Organización de
Consumidores y Usuarios (OCU) Valencia
24 de mayo
de 2018 |
OCU RECUERDA LAS PRINCIPALES NOVEDADES DEL REGLAMENTO
GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS |
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• Reconoce nuevos derechos como el
derecho al olvido y la portabilidad de los datos
personales.
• Pretende garantizar mediante el consentimiento
“inequívoco” un mayor control por parte de los
consumidores en el tratamiento de sus datos personales
por parte de cualquier entidad.
• El reglamento contempla la posibilidad de imponer
multas de hasta el 4% del volumen de negocio a aquellas
empresas que incumplan sus obligaciones en materia de
protección de datos.
Desde el 25 de mayo se aplicará el nuevo Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD). Se trata de una
normativa aprobada hace ahora dos años, y que establece
un marco europeo que regula los derechos de los
ciudadanos en materia de privacidad y protección de
datos.
OCU quiere recordar a los consumidores las novedades y
los importantes cambios que la aplicación definitiva de
este reglamento tiene para los consumidores en sus
múltiples relaciones con las entidades que tratan sus
datos de carácter personal. De entre las novedades que
incorpora el nuevo reglamento destacan:
Nuevos derechos. Con el nuevo Reglamento se amplían los
derechos de los consumidores en materia de protección de
datos. Los anteriores derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición al tratamiento de datos se
amplían ahora. Por ejemplo, el derecho de supresión, más
conocido como derecho al olvido, es más completo que el
anterior de cancelación, y permitirá a los consumidores
en determinadas circunstancias exigir a las empresas
suprimir sus datos personales, incluyendo el “olvido
digital” o eliminación por el responsable del
tratamiento de cualquier enlace a esos datos personales
o copia que haya hecho públicos.También se reconoce el
derecho a la portabilidad de los datos, que permitirá a
voluntad del consumidor recibir en formato electrónico
los datos personales que de él tengan, así como pedir
que se trasladen de una empresa a otra. En el nuevo
Reglamento también se amplían el derecho a la
transparencia en la información y el derecho a limitar
el tratamiento de los datos personales.
Consentimiento “inequívoco”. Los consumidores van a
tener un mayor control sobre sus datos personales,
debido a que a partir del 25 de mayo deben prestar un
consentimiento “inequívoco”, mediante una declaración o
una clara acción afirmativa, para que sus datos puedan
ser recogidos y tratados. También debido a la mayor
transparencia e información que las empresas tendrán que
proporcionar sobre el tipo de datos que recogen y los
fines para los que lo hacen, cesiones a terceros,
duración en la conservación de los datos, entre otros
aspectos. Cuando junto a la petición del consentimiento
para el tratamiento de datos se incluyan también otros
asuntos, por ejemplo, las condiciones de contratación
para la formalización de un contrato, la solicitud de
consentimiento deberá presentarse de un modo que se
distinga claramente de los demás asuntos, de forma
inteligible y de fácil acceso y utilizando un lenguaje
claro y sencillo.
Mayores multas: Se refuerza el poder de las autoridades
nacionales de protección de datos para hacer cumplir la
normativa en este ámbito. A modo de ejemplo las
autoridades nacionales de protección de datos podrán
imponer multas a las empresas que incumplan sus
obligaciones en materia de protección de datos, que para
las infracciones más graves pueden llegar a los 20
millones de euros o el 4% del volumen de negocio.
Para OCU el nuevo Reglamento permite una protección más
eficaz de la privacidad de los ciudadanos. Una
privacidad cada vez más amenazada por la actuación de
algunas empresas, que incumpliendo sus obligaciones han
causado un serio perjuicio a los usuarios.
OCU al igual que el resto de las organizaciones de
consumidores europeas integradas en BEUC, seguirá de
cerca el mercado y hará uso de los instrumentos y
herramientas que el RGPD pone en sus manos para ayudar a
los consumidores a ejercer sus derechos y defender sus
intereses colectivos. |
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