valenciadiario.com / valenciadiario.es

Diario digital Progresista / Ecologista / Solidario / Defensa del trabajador / Defensa del consumidor / Defensa de los animales

Fuente: FACUA Consumidores en Acción
Valencia 18
de mayo de 2018

FACUA PIDE A LA AEPD QUE ACTÚE ANTE UNA ENCUESTA DEL INE QUE VULNERA LA INTIMIDAD DE LOS USUARIOS A LOS QUE OBLIGA A PARTICIPAR

 

• El organismo está realizando una encuesta sobre fecundidad obligando a responderla, algo prohibido por la normativa cuando se pregunta sobre cuestiones ideológicas o vinculadas a la intimidad.

FACUA-Consumidores en Acción se ha dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para que resuelva la posible vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) en la realización de una encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre fecundidad, por su relación con la intimidad de las personas encuestadas.

Según ha informado el diario Público, los participantes estan obligados a responder al cuestionario, algo prohibido por la normativa cuando se trata de preguntas vinculadas al ámbito de la ideología y la intimidad personal, y se podrían haber recabado "datos especialmente protegidos" sin el consentimiento expreso de los encuestados.

Además, la asociación ha pedido al INE que paralice la realización de la encuesta, la modifique para que sea voluntaria y elimine todos los datos que haya recogido hasta el momento, ya que "habrían sido recabados vulnerando el ordenamiento jurídico vigente, pues los ciudadanos que hayan facilitado los mismos no lo habrían hecho por voluntad propia". Esta encuesta se encuentra enmarcada dentro del Plan Nacional de Estadística 2017-2020 y la publicación de los primeros resultados se hará, previsiblemente, a finales de 2018.

En el escrito dirigido a la AEPD, FACUA pide que dilucide la posible vulneración de la LOPD, ya que se podrían haber obtenido "datos personales especialmente protegidos" de forma ilícita. Los ciudadanos que rellenasen la encuesta no lo habrían hecho voluntariamente, sino única y exclusivamente porque en la notificación que les enviaba el INE se les indicaba que tenían la obligación de cumplimentarla.

La encuesta incluye un apartado en el que se hacen preguntas relacionadas con la ideología de los participantes. Entre otras, según destaca el medio de comunicación, deben valorarse positiva o negativamente opiniones como "está bien que las parejas homosexuales tengan los mismos derechos que las heterosexuales", "cuando los empleos son escasos los hombres deberían tener más derecho a un trabajo que las mujeres", "si la mujer gana más dinero que su compañero, esto no es bueno para la relación" o "una mujer tiene que tener hijos para sentirse realizada".

El cuestionario, además, tiene carácter progresivo, por lo que no se puede avanzar en ella si no se contestan todas las preguntas anteriores, que en muchos casos no contemplan alguna respuesta del tipo 'no sabe/no contesta'. Este es el caso de la pregunta sobre el año en el que los encuestados mantuvieron su primera relación sexual.

Por el contrario, en la metodología del último modelo de encuesta de fecundidad, realizada en 1999, la ficha técnica sí señala que "la participación en esta encuesta ha sido voluntaria" y que "la Agencia de Protección de Datos ha dado el visto bueno al contenido de los cuestionarios". Además, en el proyecto de la Encuesta de Fecundidad 2018 tampoco aparece recogida la obligatoriedad. Sin embargo, el INE está informando a los encuestados de que la participación es obligatoria, según ha confirmado a FACUA el director de Comunicación del organismo, Donald Peña.

La asociación considera que podría existir una vulneración del artículo 11 de la Ley de la Función de Estadística Pública que, en su apartado 2, establece que "serán de aportación estrictamente voluntaria los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar". De igual forma, se podrían estar vulnerando principios constitucionales básicos como el derecho a la "intimidad personal y familiar", recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, o el derecho "a la dignidad de la persona", que establece el artículo 10.

Además, también podría existir un incumplimiento del artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Caracter Personal, que obliga a pedir el consentimiento expreso de los ciudadanos para recabar "los datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias".

 

• © valenciadiario.com © valenciadiario.es - 2015-2018 (Todos los derechos reservados).
• Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta Web, salvo autorización expresa de valenciadiario.com, o de valenciadiario.es.
• Queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32,1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad Intelectual. 
• Queda prohibida la distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta Web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa.