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Fuente: CCOO
Valencia 09
de marzo de 2018

CCOO-INDUSTRIA INFORMA DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY QUE CONTEMPLA LA REDUCCIÓN DE JORNADAS PARA ACCESO AL SUBSIDIO AGRARIO Y RENTA AGRARIA Y OTRAS MEDIDAS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

 

• CCOO Industria valora la medida como insuficiente y volverá a plantear el reforzamiento de medidas que palien los efectos de la sequía a los trabajadores agrarios cuenta ajena de todo el país.

En el día de ayer, entro en vigor la Ley 1/2018, de 6 de marzo, por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía que contempla medidas que afectan a los trabajadores cuenta ajena del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.

CCOO Industria ya en su día valoró de insuficiente y cicatera la actitud del Gobierno al impedir que las personas trabajadoras afiliadas al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social, que no residan en Andalucía y Extremadura se pudieran beneficiar de medidas de flexibilización de requisitos de acceso a la prestación por desempleo al verse afectadas por las pérdidas de empleo por la sequía.

Desde esta organización se considera que la ley contiene un gran desequilibrio entre las medidas adoptadas a favor de los trabajadores cuenta propia y/o empresarios del sector agrario y los trabajadores cuenta ajena del sector. En su articulado son numerosas las medidas que afectan al primer colectivo y solo dos, parciales y discriminatorias las que se aprueban a favor de un colectivo potencial de más de 800.000 trabajadores agrarios cuenta ajena.

En total CCOO-Industria que potencialmente son unas 250.000 personas en el conjunto de España las afectadas por la discriminación del acceso a las prestaciones asistenciales las que se le excluye de esta medida, dándose el hecho que cotizan al desempleo y se les excluye de las prestaciones asistenciales.

Finalmente la Ley aprobada contempla dos medidas concretas que dirigidas a los trabajadores asalariados cuenta ajena.La primera medida es, la consideración de causas de proveniente de fuerza mayor los efectos de la pérdida de empleo por la sequía para los casos de reducción de jornada, suspensión de contratos, reducciones de jornada, y los despidos colectivos. La autorización al SEPE para que perciban prestaciones por desempleo aunque carezcan de los periodos de cotización necesarios y que no se computen los consumos de prestaciones a efectos de los periodos máximos de percepción de prestaciones establecidos.

La segunda medida afecta a los trabajadores y trabajadores residentes en Andalucía y Extremadura, perceptores del Subsidio y Renta Agraria a los cuales se les reduce el requisito de jornadas mínimas de acceso a estas prestaciones de 35 jornadas a 20 jornadas, para los perceptores que hubiesen solicitado desde el 1 de Septiembre de 2017 hasta la entrada en vigor de la ley y que presente una nueva solicitud hasta el 7 de Agosto de 2018.

La lectura de la letra pequeña de esta medida, contiene dos discriminaciones; una en relación con los trabajadores menores de 35 años si cargas familiares y el resto del colectivo, ya que los primeros pasarán de necesitas 53 jornadas a necesitar 38 jornadas para acceder al subsidio o renta agraria y el resto 20 jornadas. Y una segunda que los trabajadores y trabajadoras que se integraron en el Sistema Especial Agrario desde el 1 de Enero de 2012, se ven excluidos de esta medida ya que siguen necesitando 30 jornadas para estar afiliados en la Seguridad Social Agraria, requisito imprescindible para beneficiarse de esta medida.

 

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